Irapuato, Guanajuato.- La mañana de este miércoles se registró un accidente en la colonia 18 de agosto, en la calle (S.S.A) Secretaria de Salubridad, cuando un conductor atropello a un perro de un irapuatense de oficio herrero que se encontraba trabajando fuera de su domicilio.
“Estaba trabajando cuando de repente paso este chavo y atropello a mi perrito, lo que me dio más coraje, fue que no se detuvo, para ver qué había pasado, pudo haber sido un niño, lo alcance y le bloquee la calle, la verdad me dio mucho coraje”, dijo el afectado.
Al instante del bloqueo llegaron vecinos que pusieron sus vehículos frente al carro del conductor de Uber para evitar que huyera.
Posteriormente llegaron más conductores de la misma plataforma para “respaldar” a su colega ante cualquier incidente.
“Yo le pago su perrito pero que él me pague el golpe que le dio a mi carro”
Al lugar, arribaron autoridades y trataron de llegar a un acuerdo entre las dos partes, pues el conductor del automóvil pedía que se le pagara el golpe por haber atropellado al canino.
“Yo le pago su perrito pero que él me pague el golpe que le dio a mi carro”, dijo el conductor de Uber, ya que él se amparó, con que los perros no deben andar sueltos en las calles.
Después de unos minutos más, llegaron a un acuerdo frente a elementos de Seguridad Publica y la vialidad fue abierta nuevamente.
Bueno estas notas a veces son mas perjudiciales que benéficas publicarlas, porque generan incertidumbre entre los involucrados y expectativas de como actuar en otras ocasiones para cualquier ciudadano, pero que nos quede claro eso que hizo el dueño del animalito no es lo correcto y la gente que lo ayudo de haber llegado a un acto de mayor trascendencia contra el conductor deja muy mal parado a cualquier conductor de auto por el descuido de los dueños de los animalitos léase en el Reglamento para protección y tenencia de animales de compañía del Municipio de Irapuato.
Art. 16 fracción VI donde el dominio, control y cuidado del animalito es del propietario
Art. 16 fracción IX es responsabilidad del dueño cualquier daño que produzca el animalito a cualquier persona en su persona y sus bienes .
Art.16 fracción XVIII es responsabilidad del dueño del animalito tener en un espacio resguardado para su cuidado y protección la calle no es espacio para resguardarlo
Art. 16 fracción XIX el dueño debe brindarle en todo momento un trato digno , traerlo sin cuidar de el en la calle no es un trato digno
Art.16 fracción XXIII al dejar al animalito suelto en vía pública no evita poner en riesgo a la sociedad en general incluso provocar un accidente mayor
Fracción XXVII Era responsabilidad del dueño
Artículo 17 fracción I ESTA PROHIBIDO QUE EL ANIMAL DEAMBULE LIBREMENTE O PERMANEZCA LIBREMENTE EN LA VIA PUBLICA
Cuidado como ciudadanos es incorrecto lo que hacemos cuando no conocemos la LEY y sus consecuencias el Conductor NO tenia responsabilidad alguna en e este caso.
Ojala dejen este comentario es importante estar informados.