Trabajadores comienzan huelga en Puerto Interior

Los empleados denunciaron presuntas malas prácticas por parte de la empresa de origen coreano SJMFLEX, además supuestas condiciones de violencia y acoso laboral

Silao, Guanajuato.- Trabajadores Sindicalizados del SITIMM denunciaron presuntas malas prácticas por parte de la empresa de origen coreano SJMFLEX, ubicada en Puerto Interior de la ciudad de Silao. Los “afectados” anunciaron que los trabajadores sindicalizados, iniciaron huelga de facto derivada de las supuestas condiciones de violencia y acoso laboral.

A pesar que este jueves se anunció una mesa de negociación, donde estuvieron presentes autoridades de Gobierno del Estado, representantes de la empresa SJMFLEX tuvieron una postura inflexible derivada de las posibles anomalías denunciadas por el SITIMM.

Los trabajadores exigieron la repartición de las utilidades para las y los trabajadores, además de la revisión de las condiciones de trabajo, subrayando que supuestamente la empresa no ha disminuido la producción y tampoco ha comprado nueva tecnología.

Como dato, SJMFLEX tiene capital de origen coreano, está ubicada en Puerto Interior de Silao, y que se dedica a la elaboración de tubos y conectores flexibles para escapes, acopladores flexibles, coples flexibles de acero y tubos para sistemas de escape de motor, esta empresa cuenta con más de 150 trabajadores afiliados, al SITIMM.

POSICIONAMIENTO SITIMM EN LA REVISIÓN DE LA PTU A REPARTIR

1.- Cuando se trate de situaciones de empresas donde es evidente que se han reducido sustancialmente sus ventas y por tanto sus niveles de producción durante el año fiscal que corresponda, seremos comprensivos de la posible inexistencia de utilidades a repartir.

2 .- Cuando la Declaración Fiscal de alguna empresa manifieste resultado negativo para efectos de PTU, pero durante el año fiscal que corresponde es evidente que no se han reducido las actividades productivas o incluso se han tenido trabajos de tiempo extra, o se han realizado inversiones técnicas o tecnológicas, o ampliaciones en la Nave Industrial; EXIGIMOS QUE SE OTORGUE UN BONO COMPENSATORIO POR NULA O MUY BAJA UTILIDAD REPARTIBLE A LOS TRABAJADORES QUE TIENEN DERECHO AL PTU.

3.- Es de exigirse la integración correcta de la comisión mixta para el análisis de la PTU, con la entrega de la totalidad de los documentos que integran la Declaración Fiscal de la empresa por el ejercicio fiscal que corresponde.

4.- Ante cualquier duda sobre los resultados expuestos por las direcciones de las empresas en su Declaración Fiscal, o ante la negativa de entregar dicha declaración a los trabajadores, el SITIMM ejercitará el derecho que asiste a los trabajadores para presentar los recursos legales pertinentes ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), o mediante el recurso de OBJECIÓN ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

5.- Las empresas deberán reconocer el esfuerzo productivo de sus trabajadores, otorgando el bono compensatorio requerido, enriqueciendo con ello el sentido de lealtad, de pertenencia, y de elevado compromiso productivo de sus trabajadores en los siguientes periodos laborales.

6.- Cuando la declaración fiscal de una empresa refleja un monto de utilidades muy positivo de forma tal que su reparto posible sea mayor a el equivalente de 3 meses el salario de sus trabajadores, es necesario que por convicción la dirección de la empresa esté en disposición de repartir el “Remanente de PTU“ que subsista. Lo anterior en función de demostrar a sus trabajadores que lo que se ha logrado con el esfuerzo productivo de todos debe repartirse con justicia y equidad social sin reservas.

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Periódico Notus
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