
México.- La Ley sobre la violencia vicaria no aplica para los hombres, según la secretaría de la mujer, Citlalli Hernández y en caso de que un hombre sea impedido de ver a sus hijas e hijos el delito por el que se debería hacer responsable a la madre sería obstrucción parental y no violencia vicaria, según el Frente Nacional contra la Violencia Vicaria. Guanajuato es uno de los estados con tipificación penal y reconocimiento legal de la violencia vicaria en México, aunque aún falta incluirse en el código penal.
La Ley sobre la violencia vicaria no aplica para los hombres, asegura Citlalli Hernández, luego de que en Coahuila se vinculará a proceso a una mujer de nombre Estela De Casso por violencia vicaria contra su expareja.
La violencia vicaria supuestamente es una forma extrema de dañar a una mujer quien es mamá, porque será a través de sus hijas o hijos donde se instrumentaliza el control o el castigo contra ella, es decir, serán utilizados para dañarla profundamente, aunque en caso contrario se supone que no es aplicable, es decir, si la mujer no deja ver a los hijos a su papá es obstrucción parental.
Según el Frente Nacional Contra la Violencia Vicaria dice que la tipificación de la violencia vicaria es un triunfo del feminismo para denunciar lo que han enfrentado las mujeres en relaciones de parejas violentas y en casos contrarios donde la mujer sea la violenta, dicha ley no se aplicaría.
Sabías que…El 14 de octubre del 2025, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), reforzó la protección de derechos y garantías en materia de violencia vicaria, al señalar que “este tipo de agresión ocurre cuando una persona busca dañar a una mujer utilizando a sus hijas, hijos o personas cercanas como un medio para causarle sufrimiento”, pero jamás señala casos contrarios, porque dicha ley vicaria para los hombres se define como obstrucción parental.