México
Una alumna de una escuela pública del Distrito Federal denunció ser víctima de bullying, por lo que, luego de evaluar su caso, un juez federal le concedió un guardaespaldas (mujer).
En el acoso escolar que sufría la niña resultaron implicados -por omisión- la directora Regional de Servicios Educativos Centro de la Secretaría de Eduación Pública (SEP) y el Supervisor de la Zona Escolar 7, quienes están obligados a informar mensualmente respecto a las medidas que se implementen para resguardar la inregridad de la menor dentro del plantel educativo.
El juez, además de otorgarle protección a la alumna, estableció normas precautorias para evitar el acoso escolar, por ejemplo, identificar de forma clara y precisa cualquier situación de violencia y, de inmediato, informar a las familias de la víctima y del menor responsable del acoso, así como a los profesores.
La resolución del juez está fundamentada en el Artículo 8 constitucional y la Convención sobre los Derechos del Niño.
La protección que se le concedió a la afectada, guardaespaldas, pertenece al plantel y podrá vigilar de manera discreta a la menor, por ejemplo, en los espacios comunes de la escuela, cuando se reúna con sus compañeros, así como al entrar y salir de clases, y en los recreos. Eso con el propósito de evitar el acoso escolar.