A partir del 1 de octubre será obligatorio que alimentos y bebidas tengan el etiquetado de alto contenido calórico, de azúcares, grasas o sodio según sea el caso. Sin embargo, la empresa Coca Cola Femsa promovió un juicio de amparo contra esa ley bajo el argumento de que esta podría repercutir en los negocios.
La compañía dio a conocer que tomaría esta acción porque “no puede asegurar que esta reforma no tendrá un efecto adverso en su negocio y en los resultados de sus operaciones en México”, aseguró en un comunicado enviado a la Bolsa Mexicana de Valores
A partir del 30 de noviembre de 2020 aquellos productos etiquetados bajo la norma anterior, NOM-051, ya no estarán permitidos. Sin embargo, esta nueva versión haría que todo el portafolio de la compañía, a excepción del agua, tendría que cumplir con esas normas.
Anteriormente, la empresa promovió otro amparo contra la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos, la cual prohibía el uso, venta y distribución de botellas de resina PET de un solo uso.
A pesar de que dos subsidiarias de la compañía intentaron ampararse con una suspensión provisional, pero esta les fue negada. “La compañía no puede asegurar las acciones legales que tome, tendrán el efecto deseado, o que la reforma no tendrá un impacto material en su negocio y en los resultado de sus operaciones en México”, señaló también en aquel entonces.
El nuevo etiquetado pretende exponer al público de manera explícita el contenido de los productos. Las características que deben aparecer son:
-Advertencia sobre el contenido o excesos en grasas saturadas, azúcares, calorías, sodio, entre otros.
-Las etiquetas serán de color negro y de forma octagonal.
-Algunas empresas de bebidas no alcohólicas tendrán que colocar la frase “evitar en niños”.
Los etiquetados también incluirán frases de advertencia sobre el riesgo de enfermedades que se pueden desencadenar tales como: cáncer, obesidad, diabetes, enfermedades cardiovasculares, mala salud bucal, entre otras.
Otros sectores que mostraron su inquietud, de acuerdo con el medio, fue el Consejo Mexicano de la Carne mostró su inquietud en torno al tema, pues anunció que no queda claro qué pasará con los alimentos y bebidas alcohólicas que se encuentran en anaquel y que fueron producidos, importados y distribuidos o comercializados antes del 1 de octubre de 2020 o del 1 de abril de 2021.
En tanto, la Cámara Nacional de la Industria Panificadora y Similares de México advirtió que en el artículo 14 de la Constitución se prohíbe aplicar retroactivamente las disposiciones legales y reglamentarias, pues hay productos que ya se encuentran en anaqueles y no podrán contar con las nuevas etiquetas.
La NOM establece que todos los productos podrán contar con hasta seis etiquetas que incluyan las calorías, grasas, sodio, entre otros.
El gobierno autorizó una prórroga hasta el próximo 1 de diciembre para realizar el etiquetado, de lo contrario, las compañías se harían acreedoras a una sanción.
La Secretaría de Economía (SE) publicó un acuerdo en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en el que destaca que no aplicará multas a productores, importadores o comercializadores que no cumplan con el diseño permitido en los productos hasta el próximo 1 de diciembre.