Abasolo-Irapuato, Guanajuato.- En últimos días, la quema de esquilmo ha estado a la orden del día, siendo el humo negro, parte del paisaje en la carretera.
Cabe destacar que la quema de esquilmo es una actividad marcada como delito, de acuerdo a lo establecido en el artículo 291 del Código Penal para el Estado de Guanajuato.
Artículo 291. Se impondrá de dos a cuatro años de prisión, de quinientos a dos mil días multa y de trabajo a favor de la comunidad a que se refiere el artículo 296 de este ordenamiento, al que por sí o por interpósita persona y sin aplicar las medidas de prevención o seguridad, establecidos en las disposiciones legales vigentes estatales o municipales:
- Emita, despida, descargue en la atmósfera, gases, humos, vapores, polvos o partículas contaminantes que ocasionen daños a los recursos naturales, a los ecosistemas, al ambiente o a la salud pública.
A lo anterior, se le pide a la ciudadanía a que denuncie este tipo de actos ilícitos, para la prevención y control de la contaminación generada por su manejo inadecuado.
De acuerdo a Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial de Guanajuato, la calidad de aire en promedio es aceptable, aunque en algunos municipios la calidad de aire es mala.