Luego de que la funcionaria e influencer Mariana Rodríguez Cantú y Samuel García Sepúlveda, gobernador del estado de Nuevo León, dieran a conocer en redes sociales que obtuvieron un permiso para convivir con un bebé de cinco meses del Centro de Asistencia Social “Capullos”; el Sistema Nacional para el Desarrollo Integran de la Familia (SNDIF) informó que se está revisando el caso, por el cual se determinarán las medidas que resulten procedentes.
A través de un comunicado, la institución gubernamental indicó que, desde el pasado 15 de enero, la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PFPNNA) solicitó información, a su sede en Nuevo León, sobre “el supuesto proceso de adopción por un fin de semana” o alguna justificación para que el niño quedara bajo el cuidado del matrimonio.
Al respecto, la Procuraduría estableció un límite de 72 horas para entregar los documentos correspondientes.
Asimismo, el DIF Nacional indicó que al haber compartido en redes sociales un video con el rostro del niño de cinco meses, haber revelado su nombre y los problemas de salud que enfrenta, Mariana Rodríguez y Samuel García incurrieron en “una clara vulneración de derechos” a la intimidad y a la protección de datos personales, los cuales están reconocidos en la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
“Por lo anterior, se requirió a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de Nuevo León para que, en el ámbito de su competencia, emprenda las acciones administrativas y jurisdiccionales necesarias para proteger los derechos vulnerados del niño”
Las acciones de la funcionaria y del gobernador del estado fronterizo han sido altamente criticadas por organizaciones como la Comisión Nacional de Derechos Humanos de Nuevo León, la Red por los Derechos de la Infancia en México (Redim) y por Save the Children, organización no gubernamental internacional dedicada a promover los derechos de la niñez que indicó que Mariana Rodríguez y Samuel García pudieron haber cometido el delito de trata de personas.
Al respecto, el DIF Nacional reiteró su compromiso de aplicar las medidas necesarias para erradicar prácticas irregulares e ilícitas que vulneren los derechos de las infancias y destacó que el proceso de adopción debe realizarse en estricto apego a las disposiciones legales y asegurando la integridad de las niñas, niños, o adolescentes involucrados.
De este modo, el DIF señaló que es necesario que las personas o familias interesadas en iniciar un proceso de adopción, posea un certificado de idoneidad que solo puede ser expedido por el Sistema Nacional DIF, los Sistemas Estatales y la PPNNA, ya que sin este documento es jurídicamente imposible realizar la asignación de un menor en adopción. Además, en el comunicado se detalló lo siguiente:
“La legislación vigente en México establece que la adopción es un medio alternativo de cuidado familiar definitivo, por lo que no existen adopciones temporales (…) En caso de que el cuidado alternativo brindado al niño involucrado en el caso hubiese sido un acogimiento familiar, también deben observarse los requisitos y el procedimiento establecido en la ley”.
Entre dicho procedimiento se encuentra el presentar una solicitud, la valoración de idoneidad de los solicitantes, determinar la certificación y sujetarse a la supervisión durante el tiempo en el que se brinde el acogimiento después de una asignación, por lo que el DIF Nacional destacó que “la adopción no es un derecho de las personas adultas, sino que constituye un mecanismo jurídico que permite la restitución del derecho a vivir en familia de niñas, niños y adolescentes”.
Finalmente, el organismo de gobierno indicó que emprenderá un diálogo con las autoridades competentes del estado de Nuevo León para realizar una revisión de la normativa en materia de adopción con el fin de impedir prácticas que atenten contra la salud emocional y el desarrollo de las infancias y adolescentes que requieren de ella.