Estado

Exhorta IEEG a conducirse con apego a las normas aplicables al PEL Ordinario 2020-2021

El exhorto está dirigido a partidos políticos, precandidatas y precandidatos, candidaturas registradas por partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes, aspirantes a una candidatura independiente, autoridades de los tres órdenes de gobierno y ciudadanía

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) en sesión extraordinaria a distancia este martes, aprobó el acuerdo por el que se exhorta a los partidos políticos, precandidatas y precandidatos, candidaturas registradas por partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes, aspirantes a una candidatura independiente, autoridades de los tres órdenes de gobierno y ciudadanía, a conducirse con apego a las normas jurídicas aplicables al Proceso Electoral Local (PEL) Ordinario 2020-2021.

Debido a que estamos en el transcurso del PEL Ordinario 2020-2021, particularmente en el periodo conocido como intercampañas, el Consejo General considera necesario y oportuno hacer del conocimiento a los diversos actores políticos, servidoras y servidores públicos, así como a la ciudadanía, mediante una exhortación, la corresponsabilidad en la organización, desarrollo y vigilancia del proceso electoral en curso.

Lo anterior para efecto de que limiten su actuar a la normatividad vigente y se abstengan de realizar actos de proselitismo hacia la ciudadanía, mediante la entrega de apoyos, dinero, despensas, entre otros que contengan nombres, colores, imágenes, sonidos, logos, eslóganes, o cualquier distintivo que implique el nombre de personas, asociaciones, sociedades, empresas, sindicatos, confederaciones, administraciones de cualquier orden de gobierno, servidores públicos, candidaturas independientes o partidos políticos, a fin de preservar lo previsto en la normatividad federal y local, así como los principios que rigen la materia electoral.

Además, la exhortación tiene por objeto prevenir y concientizar a los sujetos antes mencionados para ajustar su comportamiento al cumplimiento de las normas electorales, así como las atribuciones que este Consejo General tiene no sólo para preparar y desarrollar los procesos electorales, sino también para vigilar que en las distintas etapas del mismo se cumpla con lo previsto en la normatividad electoral y, de no ser el caso, se investigue y sancione a quienes violen la equidad de la contienda y, de manera general, las disposiciones previstas en la legislación en materia electoral.

Resulta necesario mencionar que la materia electoral y por tanto los procesos electorales, se rigen por diversos principios rectores, los cuales el Consejo General tiene la atribución de resguardar en todo momento, y que consisten en certeza, legalidad, imparcialidad, independencia, máxima publicidad, objetividad y paridad.

Lo antes señalado, contribuirá con el desarrollo de la vida democrática del estado, la transparencia en las distintas etapas del proceso electoral en curso, así como la equidad en la contienda para todas y todos los entes públicos, partidos políticos, actores políticos y ciudadanas y ciudadanos involucrados en el mismo, puesto que su consolidación es responsabilidad de todos y no de forma exclusiva a la autoridad electoral, partidos políticos o autoridades en la materia, para que se conduzcan con apego a los principios y valores de la democracia, observando puntualmente los tiempos y plazos electorales.

Se debe precisar que lo establecido en este acuerdo, será aplicable para los partidos políticos y quienes actualmente se ostentan como precandidatas y precandidatos, así como quienes se registren ante el IEEG, como candidatas y candidatos en los plazos establecidos; quienes actualmente aspiran a una candidatura independiente, y a aquellas personas que el Consejo General otorgue la constancia de haber obtenido el porcentaje de apoyo de la ciudadanía requerido por la normativa electoral y que posteriormente obtengan su registro como candidatas independientes; autoridades de los tres órdenes de gobierno, es decir, federal, estatal y municipal; la ciudadanía de manera individual o colectiva; que participen en el PEL Ordinario 2020-2021.

En otro punto de la orden del día se aprobaron los Lineamientos para el registro de candidaturas en el PEL Ordinario 2020-2021.

El conjunto de las disposiciones que integran la propuesta de lineamientos, tienen por objeto garantizar el cumplimiento de los principios rectores en la postulación y registro de candidaturas del IEEG, como un instrumento que busca tener un efecto positivo y progresista para asegurar que la ciudadanía pueda acceder efectiva e igualitariamente a los diversos cargos de elección popular.

Se destaca que de los principales ejes rectores en que motivaron su elaboración, se encuentran los relativos a la paridad de género y la eliminación de aquellos obstáculos que generen o pudieran generar discriminación en perjuicio de las personas y, particularmente, de los grupos en situación de vulnerabilidad o de atención prioritaria.

En otro punto de la orden del día se autorizó al Presidente del Consejo General del IEEG la suscripción del convenio con la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales, A.C., para la incorporación del Instituto a la Red Nacional de Candidatas a un cargo de Elección Popular en el Ámbito Estatal para dar seguimiento a los casos de violencia política contra la mujer en razón de género en el PEL Ordinario 2020-2021.

Se prevé la elaboración de reportes por cada uno de los organismos públicos locales electorales que se adhieran a la misma, con base en los cuales se integrarán concentrados mensuales en que se analizará la situación de casos, medidas y acciones en cada entidad federativa; así como la elaboración y presentación de un informe final ante el Instituto Nacional Electoral (INE).

Finalmente el Consejo General consideró improcedente el recurso de revocación promovido por David Cristóbal Cano Hernández, presidente de la Dirección Estatal Ejecutiva del Partido de la Revolución Democrática en el Estado de Guanajuato, en contra del acuerdo CGIEEG/038/2021, mediante el cual se da cumplimiento a la resolución lNE/CG646/2020 del Consejo General del (INE), respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes anuales de ingresos y gastos del Partido de la Revolución Democrática (PRD), correspondientes al ejercicio 2019.

Caja de Comentarios de Facebook

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Back to top button