TEEG: propaganda pre campaña de candidata electoral no infracciona ley

Durante una sesión pública, el Tribunal declaró que la acusación no tiene fundamentos y resolvió dos casos más sobre violencia

Guanajuato, Guanajuato. En sesión pública el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), resolvió tres procedimientos especiales sancionadores y declaró la inexistencia de infracciones señaladas en todos los casos.

El procedimiento TEEG-PES-23/2025 lo inició el IEEG derivado de los resultados obtenidos por la Unidad de fiscalización del INE respecto de propaganda localizada antes del inicio de las precampañas del proceso electoral pasado, contra una candidata de la coalición “Fuerza y Corazón x Guanajuato” una persona moral, así como del PAN.

El Tribunal, por unanimidad, declaró inexistentes las infracciones porque la propaganda denunciada no es electoral, es decir no hace un llamado al voto, ni presenta propuestas de campaña o promoción de partidos políticos o candidaturas, además no se demostró que su contratación haya sido pagada o solicitada por la entonces candidata.

El procedimiento TEEG-PES-28/2025 lo inició una regidora de un Ayuntamiento, por violencia política contra las mujeres en razón de género, pues estimó que durante una reunión de trabajo diversas personas pertenecientes a la administración pública municipal realizaron manifestaciones que la denigraron y calumniaron.

El Tribunal, por unanimidad, determinó inexistencia de la violencia porque las manifestaciones denunciadas fueron en torno a temas públicos tratados en la reunión de trabajo, si bien durante la discusión se hicieron comentarios dirigidos a la regidora, no se advierte que haya existido alguno que le denigrara o calumniara por el solo hecho de ser mujer.

El procedimiento TEEG-PES-37/2025 lo inició el PAN en contra de Morena, PT, PVEM, así como de diversas personas; por considerar que participaron en la generación de violencia e irrupción a las instalaciones del IEEG el 30 de marzo de 2024, cuando sesionaba para resolver sobre el registro de candidaturas para renovar los ayuntamientos.

El Tribunal, por unanimidad, declaró inexistentes las infracciones electorales porque el hecho de que un grupo de personas con banderas de Morena haya ingresado a las instalaciones del Instituto no configura violencia, ya que forma parte del derecho a la libre manifestación de ideas; y no se comprobó que el resto de las personas denunciadas hayan participado en la irrupción de la sesión, ni se afectó el funcionamiento del Consejo General, pues solo se decretó un receso derivado de estos actos.

En el desarrollo de la sesión pública estuvieron presentes Yari Zapata López, magistrada presidenta de este Tribunal y titular de la Segunda Ponencia; los magistrados, Juan Antonio Macías Pérez, titular de la Primera Ponencia y Pablo Roberto Sharpe Calzada, titular de la Tercera Ponencia; así como el secretario general, Alejandro Javier Martínez Mejía.

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Periódico Notus
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