TEEG multa a Morena y ordena disculpas por obstrucción a autoridad indígena

El Tribunal también concedió una prórroga a una persona indígena para completar los requisitos de una candidatura independiente en el municipio de Victoria

Guanajuato.- En el expediente TEEG-PES-25/2026, el Tribunal determinó que una lona con propaganda electoral de Morena y de su entonces candidato a la presidencia municipal de Dolores Hidalgo C.I.N., José Julio González Landeros, permaneció colocada después del plazo legal para retirarla.

Por esta infracción, impuso una multa a Morena y una amonestación pública al entonces candidato.

El Tribunal consideró que, aunque no se comprobó que González Landeros hubiera ordenado o contratado la instalación de la lona, esta se encontraba en su domicilio, por lo que tenía conocimiento de su existencia y pudo intervenir para retirarla.

En el caso del partido, determinó que tenía responsabilidad directa debido a que la propaganda contenía un llamado expreso al voto a su favor, el eslogan de campaña y una frase propagandística.

Ordenan disculpas por obstrucción al cargo de una autoridad indígena

En el expediente TEEG-PES-28/2026, una mujer indígena que fue electa como autoridad tradicional de su comunidad denunció presuntos actos de violencia política contra las mujeres en razón de género, violencia política institucional por su identidad indígena y conductas que limitaron el ejercicio de sus funciones.

El Tribunal determinó que no se acreditaron las conductas de violencia política contra las mujeres en razón de género ni la violencia institucional motivada por su identidad indígena. Sin embargo, sí encontró que dos de las personas denunciadas obstruyeron el ejercicio de su cargo.

Por ello, ordenó dar vista a la Contraloría Municipal para que actúe conforme a sus atribuciones y se emitan disculpas a la denunciante. También determinó que la sentencia debe comunicarse en un formato de lectura fácil y traducirse a la lengua Uza’r.

Como información complementaria, Periódico Correo identificó a la denunciante como Abigail Torres Hernández, autoridad tradicional de Misión de Chichimecas, en San Luis de la Paz. La publicación señaló que entre los hechos denunciados estuvieron la omisión de tramitar el escrito que informaba su designación y la falta de entrega de los sellos de la comunidad.

Conceden prórroga a aspirante indígena en Victoria

En el expediente TEEG-JDC-62/2026, una persona que se identifica como indígena impugnó la negativa del IEEG para otorgarle una constancia como aspirante a una candidatura independiente para integrar el Ayuntamiento de Victoria.

La persona argumentó que enfrentó dificultades para realizar trámites en otros municipios y pidió más tiempo para completar los documentos requeridos.

Por unanimidad, el Tribunal revocó el acuerdo del IEEG y ordenó concederle una prórroga para presentar la constancia de registro de su asociación civil y el contrato bancario, además de brindarle orientación para completar los trámites y emitir una nueva determinación, conservando los requisitos que ya había cumplido.

El TEEG consideró que el Instituto no valoró todas las circunstancias particulares del caso desde una perspectiva intercultural, incluidas las dificultades de traslado que enfrentó la persona.

Confirman negativas a otras candidaturas independientes

En otros expedientes relacionados con aspirantes a candidaturas independientes, el Tribunal confirmó decisiones del IEEG al considerar que no se cumplieron oportunamente los requisitos legales.

En el TEEG-JDC-64/2026, confirmó la negativa a un grupo de personas que buscaba participar en la elección del Ayuntamiento de San Miguel de Allende. Los interesados presentaron su manifestación de intención el último día del plazo, sin reunir toda la documentación requerida, y no acreditaron haber realizado oportunamente las gestiones necesarias.

En el TEEG-JDC-68/2026, confirmó la negativa a integrantes de la asociación civil “Manos que Abrazan Fuerte”, quienes buscaban contender por el Ayuntamiento de San José Iturbide. La organización no obtuvo la cuenta bancaria requerida dentro del plazo y no presentó elementos suficientes para justificar la falta de cumplimiento.

También confirmó, en el TEEG-JDC-56/2026, la negativa a la asociación civil “Movimiento Cívico Salmantino”, que pretendía participar en la elección del Ayuntamiento de Salamanca. El acta constitutiva se formalizó hasta el último día del plazo y quedaron pendientes documentos relacionados con su registro, trámites fiscales y apertura de una cuenta bancaria.

El Tribunal consideró que tampoco se acreditó que la asociación hubiera iniciado oportunamente las gestiones necesarias, pese a las oportunidades adicionales que le otorgó el Instituto.

Ratifican designaciones de consejos electorales

En el expediente TEEG-JDC-55/2026, el Tribunal confirmó la integración del Consejo Municipal Electoral de Romita, luego de que una persona impugnara su exclusión de la designación de la consejería propietaria 2.

La resolución estableció que el procedimiento cumplió las reglas y la obligación de incluir al menos a una persona perteneciente a un grupo de atención prioritaria, debido a que en el cargo cuestionado fue designada una mujer que se identificó como integrante de la diversidad sexual y de género.

Por otra parte, en los expedientes TEEG-JDC-58/2026 y TEEG-JDC-69/2026, confirmó el procedimiento para cubrir la vacante de la presidencia del Consejo Distrital 11, con cabecera en Irapuato.

El Tribunal determinó que la consejera presidenta del IEEG actuó dentro de sus facultades y respetó las reglas de sustitución, inclusión y paridad.

En el TEEG-JDC-59/2026, también confirmó tres designaciones para integrar el Consejo Distrital 10 y el Consejo Municipal de San Francisco del Rincón. Determinó que las calificaciones y la experiencia electoral debían valorarse, pero no otorgaban automáticamente un derecho preferente para ocupar los cargos.

Otros asuntos resueltos por el Tribunal

En el expediente TEEG-JG-12/2026, un regidor y un director de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial de un ayuntamiento impugnaron una medida de protección de emergencia emitida por la Unidad Técnica del IEEG, al considerar que afectaba su derecho de audiencia y al debido proceso. El Tribunal confirmó la medida al determinar que tiene carácter preventivo y no vulnera los derechos señalados.

En el TEEG-JG-13/2026, confirmó el desechamiento de una denuncia contra un regidor del Ayuntamiento de Dolores Hidalgo C.I.N., debido a que los hechos y elementos presentados no permitían advertir, siquiera de manera preliminar, una posible infracción electoral.

Finalmente, en los expedientes TEEG-REV-11/2026, TEEG-REV-12/2026, TEEG-JDC-61/2026, TEEG-JDC-65/2026 y su acumulado TEEG-JDC-66/2026, el Tribunal concluyó los medios de impugnación sin analizar el fondo de las controversias.

Los recursos estaban relacionados con la entrega o negativa de constancias a aspirantes de candidaturas independientes y el supuesto incumplimiento de acuerdos sobre postulación exclusiva de mujeres y acciones afirmativas para grupos de atención prioritaria. Sin embargo, el Tribunal determinó que ya no existía una controversia que resolver, debido a que una sentencia anterior había dejado sin efectos los lineamientos cuestionados.

En la sesión estuvieron presentes el magistrado presidente del TEEG y titular de la Tercera Ponencia, Pablo Roberto Sharpe Calzada; el magistrado Juan Antonio Macías Pérez, titular de la Primera Ponencia; la magistrada por ministerio de ley Norma Altagracia Hernández Carrera, titular de la Segunda Ponencia; y el secretario general en funciones, Daniel Ricardo Martínez Domínguez.

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