Será delito grave atentar contra periodistas y personas defensoras de derechos humanos

El Congreso del Estado aprobó reformas que consideran como crimen grave el atentar contra personas defensoras de derechos humanos y sus familiares

Guanajuato, Guanajuato.  En el marco de la conmemoración del Día de la Libertad de Expresión, el Pleno del Congreso del Estado de Guanajuato aprobó por unanimidad reformas al Código Penal estatal. Consideran delitos graves los que se cometan en agravio de personas defensoras de derechos humanos, de su cónyuge o de sus parientes en línea recta o colateral hasta el cuarto grado, que tuvieren como finalidad obstaculizar o impedir el ejercicio de sus actividades de promoción o defensa de los derechos humanos o se realicen en represalia a las mismas.

También cuando se causen por la asistencia y con motivo de la realización de un espectáculo público, bien sea con inmediatez previa a su desarrollo, durante éste o con posterioridad inmediata al mismo, así como cuando se comentan dolosamente en contra de un menor de dieciocho años.

Se modifica la pena en el delito contra la libre expresión para establecer que se impondrá de uno a seis años de prisión y de diez a sesenta días multa a quien utilice la violencia o el acoso para impedir que se ejerza la actividad periodística; se obstaculice, impida o reprima ilícitamente el ejercicio de la libertad de expresión como derecho inherente a la actividad periodística; y cuanto se obstaculice, impida o reprima la libertad de expresión.

En caso de que este delito intervenga un servidor público, la pena de prisión se aumentará de una mitad del mínimo a una mitad del máximo; y se le inhabilitará para ocupar cargo, empleo o comisión públicos por un término igual al de la sanción privativa de la libertad impuesta; y que dicho delito se perseguirá por querella.

Finalmente, se establece que se impondrá de uno a seis años de prisión y de diez a sesenta días multa, a quien utilice la violencia o el acoso para impedir la promoción o defensa de derechos humanos u obstaculice, impida o reprima la promoción o defensa de derechos humanos. Si el acto es cometido por un servidor público las penas se incrementarán y se precisa que el delito se perseguirá por querella, salvo cuando los ofendidos sean personas defensoras de derechos humanos involucrados en el proceso de búsqueda de personas desaparecidas, caso en el cual se perseguirá de oficio.

Como autores del dictamen hicieron uso de la tribuna la morenista María Eugenia García Oliveros y la panista Susana Bermúdez Cano; así como el también panista Rolando Fortino Alcántar Rojas.

Para hablar a favor del dictamen hicieron uso de la tribuna las legisladoras Karol Jared González Márquez y Ruth Noemí Tiscareño Agoitia.

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Periódico Notus
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