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“Portabilidad de Nómina”, tu eliges el banco de tu preferencia

portabilidad de nomina

Con la llamada “portabilidad de nómina”, los trabajadores que reciben su sueldo por medio de una tarjeta bancaria tienen el derecho de pedirle a la empresa donde laboran que se lo depositen en el banco de su preferencia.

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros (Condusef) explica que existen tres razones por las cuales los trabajadores podrían cambiarse de banco para recibir su salario.

Estas son porque el banco donde le depositan le queda lejos; otros bancos ofrecen servicios adicionales, como compra de tiempo aire, seguros, pago de impuestos o banca electrónica, y porque ya tienen un banco asignado y elige continuar en él.

En su publicación “Consejos para tu bolsillo”, el organismo refiere que para cambiarse de banco, el trabajador debe tener cuenta que existen dos cuentas involucradas: la ordenante y la receptora.

La primera es la cuenta de nómina que abre a su nombre la empresa donde labora para recibir el salario, pensiones o cualquier otro pago, y la segunda es la cuenta que el trabajador abre en el banco de su preferencia a la que se transferirán los recursos que le depositen en la cuenta ordenante.

Para cambiarse, la Condusef sugiere a los trabajadores consultar con su empresa si puede depositar su sueldo en el banco donde desea, y si la empresa no tiene esa posibilidad, tendrá que acudir a cualquier sucursal del banco en el que actualmente le depositan su salario y pedir un formato de solicitud de transferencia.

Portabilidad de nómina

Es el derecho que posees de transferir tu sueldo, como titular de la cuenta en la que depositan tu salario, a la entidad financiera que tú elijas y sin costo alguno por solicitarla, ¡conoce más acerca de ella!

En el proceso participan las siguientes cuentas:

Ordenante: es la que tramita la empresa para la que trabajas —en tu nombre—, en ella recibes tus prestaciones laborales como: salarios, pensiones o cualquier otro pago hecho por tu patrón.

Receptora: es la que tú abres en el banco de tu elección o preferencia, en ella se transferirán los recursos que sean depositados en tu cuenta de nómina (prestaciones laborales). No olvides

verificar las comisiones que operan por depósito, según el tipo de cuenta —ahorro o de cheques—, en la que se realizarán las operaciones, para que no involucre desembolsos adicionales como la comisión por manejo de cuenta, ¡no caigas en un error!

¿Cómo cambiarte?.-  Existen dos opciones para realizar la portabilidad de nómina:

1.De un banco a otro, al solicitarle a la institución que lleva tu cuenta de nómina que, al recibir tu dinero, lo transfiera a la cuenta que tengas en otra institución. Los pasos son:

a) Acude al banco donde depositan tu sueldo —origen de la cuenta ordenante— pide un formato de solicitud de transferencia y llénalo.

b) Solicita la transferencia. Presenta la siguiente documentación —en la institución de tu elección—, de la cuenta donde quieres recibir tu sueldo: contrato, estado de cuenta, tarjeta de débito (con tu nombre) y tu identificación oficial.

Si no tienes una cuenta receptora, en la que se transferirá tu sueldo, pregunta en el banco de tu elección sobre los documentos que debes presentar para poder abrirla.

c) Entrega la solicitud. Acude a cualquier sucursal de la entidad financiera de tu elección y entrégala. Una vez hecho lo anterior, y concluido el trámite, el servicio debe empezar a operar a más tardar en diez días hábiles a partir del día siguiente en que presentaste tu solicitud.

2. En la empresa que laboras, verifica directamente en el área de administración si puedes realizar la portabilidad de nómina; de ser así solo bastará con que, proporciones al área correspondiente del lugar donde laboras, el número CLABE (Clave Bancaria Estandarizada, son en total 18 dígitos) de una cuenta que ya tengas, para que puedas recibir tu sueldo y otras prestaciones en ella.

¿Qué debes considerar?.-  Previo a la transferencia de tu sueldo en otro banco, la institución que lleva tu cuenta de nómina (ordenante), tiene el derecho de retener las cantidades para las cuales previamente hayas autorizado la domiciliación y que correspondan al pago de créditos o servicios.

¿Cuánto tarda?.- La solicitud debe surtir efectos a más tardar el décimo día hábil siguiente a la fecha en que se presente la misma.

¿Cómo darle marcha atrás?.- Puedes solicitar —a la institución en que recibes tu nómina—, en cualquier momento la cancelación de la transferencia de recursos a la cuenta de la institución que elegiste (receptora). Ésta debe ser efectiva al tercer día hábil de que la presentes; además no existe ninguna restricción en el número de veces que decidas cambiar tu nómina.

Antes de tomar una decisión, evalúa y compara qué banco es el que te conviene, considera algunos puntos como: la cercanía de sucursales y/o cajeros a tu domicilio y trabajo, el costo de algunos servicios, etc. No te vayas con la primera opción.

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