Atiende IEEG sentencia de Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato

Guanajuato, Gto.- Este martes en sesión extraordinaria a distancia, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, IEEG, de conformidad con lo ordenado por el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato, TEEG, en la sentencia dictada dentro del recurso de revisión TEEG-REV-05/2022 consideró procedente modificar el acuerdo CGIEEG/015/2022 a través del cual se había emitido una acción afirmativa que favorecía a grupos vulnerables -personas con discapacidad, afromexicanas y de la diversidad sexual-, para la elección de diputaciones locales en el próximo proceso electoral.

El tres de agosto, el Pleno del TEEG resolvió el recurso de revisión TEEG-REV-05/2022, interpuesto en contra de la resolución emitida por este Consejo General en el recurso de revocación 01/2022-REV-CG. En la sentencia en cumplimiento, el órgano jurisdiccional local revocó la resolución emitida al considerar que no se atendió la totalidad de los planteamientos formulados por el partido político recurrente.

Asimismo, se ordenó a este órgano colegiado dicte una nueva resolución en la que se dé contestación a todos y cada uno de los planteamientos hechos además de observar las directrices fijadas en la resolución, respecto de la necesidad de realizar un estudio previo a emitir medidas afirmativas en favor de personas de los grupos vulnerables y darles en ello la participación que merecen.

De esta forma, se aprobó modificar el acuerdo CGIEEG/015/2022 para dejar sin efectos su considerando 6 (medida afirmativa adicional en favor de grupos vulnerables), ya que conforme a lo establecido por la autoridad jurisdiccional, no se cuenta con un estudio previo que aporte elementos objetivos y datos precisos para la construcción de una acción afirmativa a favor de los grupos vulnerables; sumado a que la medida adoptada no fue puesta a consideración de la población objeto de esta.

El Consejo General determinó que la Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación, con base en sus atribuciones, elabore el estudio ordenado en la sentencia del TEEG, en el que se deberá dar participación a los grupos objeto del estudio, para su posterior remisión al Consejo, y con base en el mismo, llevar a cabo la determinación y eventual aprobación de las medidas afirmativas que, en su caso, correspondan.

La Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación elaborará un plan de actividades a desarrollar, mismo que pondrá a consideración del Consejo General para su aprobación; y que deberá tomarse en cuenta por la posible emisión de acciones afirmativas en el próximo proceso electoral local 2023-2024.

En otro punto del orden del día, el Consejo General del IEEG dio cumplimiento a la resolución INE/CG717/2022, mediante la cual, se ordena descontar al Partido Revolucionario Institucional, de la ministración mensual del financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes correspondiente al mes de diciembre de 2022, el importe de $9 mil 280 pesos.

En su momento, dicha cantidad será reintegrada a la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, a efecto de que sea destinada al Instituto de Innovación, Ciencia y Emprendimiento para la Competitividad para el Estado de Guanajuato.

En otro asunto, a fin de atender lo ordenado en el dictamen consolidado INE/CG643/2020 y de conformidad con el artículo 7, párrafo segundo, de los Lineamientos para reintegrar el remanente, el Consejo General instruyó a la secretaria ejecutiva de este Instituto para que gire el oficio correspondiente a la secretaría de finanzas del Comité Ejecutivo Estatal de Morena en el estado de Guanajuato, mediante el cual se le comunique que el monto a reintegrar de remanente de financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes, del partido político Morena, correspondiente al ejercicio 2019, es de $12 millones 072 mil 274 pesos con 11 centavos.

En el oficio se tendrá que indicar que con fundamento en los artículos 8, párrafo primero, 9 y 10 de los Lineamientos para reintegrar el remanente y en el acuerdo INE/CG345/2022, se tiene un plazo de diez días hábiles siguientes a la recepción del oficio, para llevar a cabo el reintegro; en el supuesto de que no se efectúe el reintegro en el plazo antes mencionado, este Instituto retendrá la ministración mensual de financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes inmediata siguiente, hasta cubrir el monto total del remanente.

Finalmente, el Consejo General aceptó la recomendación no vinculante dirigida a los entes públicos estatales y municipales, organismos autónomos y poderes del estado de Guanajuato a efecto de fortalecer los mecanismos para la presentación y atención efectiva de denuncias por posibles faltas administrativas o actos de corrupción, aprobada por el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción de Guanajuato mediante el acuerdo CCSE/005/2021.

La sesión completa se puede ver en los siguientes links:

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