Irapuato, Guanajuato.- “Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa, con excepción de las prohibidas por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada, Fuerza Aérea y Guardia Nacional. La ley federal determinará los casos, condiciones, requisitos y lugares en que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas”, señala el artículo 10 constitucional.
De acuerdo a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos se contempla qué tipo de armas legales puede adquirir un civil, cuerpos de seguridad y cuáles son de uso exclusivo del Ejército y de las Fuerzas Armadas.
Sin embargo, en el mercado negro no es necesario hacer tanto papeleo, ya que basta con que traigas dinero y seas cauteloso para conseguir todo tipo de armamento, fácil y sin burocracia.
Datos de la PGR señalan que de enero de 2007 y diciembre de 2011 fueron puestas a disposición del Ministerio Público de la federación, 142 mil 12 armas, como cuernos de chivo, bazucas, lanzacohetes, “matapolicìas”, Beretta de 9 milímetros o Colt Super calibre .38.
Mientras que del 1 enero de 2013 al 31 de diciembre de 2017, autoridades municipales, estatales o federales sólo reportaron 37 mil 715 armas decomisadas ante las agencias del Ministerio Público.
Según el catálogo de existencias y costos de la Dirección de Comercialización de Armamento y Municiones de la Secretaría de la Defensa Nacional, el único lugar donde puedes adquirir un arma legalmente, por ejemplo una escopeta Calibre 12 G.A. marca Beretta modelo DY11 trident sporting adjustable, te puede llegar a costar más de 150 mil pesos.
Mientras que por mencionar otra como una pistola semiautomática calibre 9 mm marca Pietro Beretta modelo 92 fs ambidiestra, simple y doble acción llega a costarte un poco más de 12 mil pesos.
Cabe señalar que en las áreas urbanas únicamente se puede poseer un arma de tipo corta, ya sea pistola o corta, que es la división. Si es en áreas rurales, pueden poseer un rifle de calibre 22 o una escopeta de calibre permitido. Sin embargo en el mercado negro eso tampoco no importa.
En el artículo 40 de la Ley Federal también refiere que “La posesión de toda arma de fuego deberá manifestarse a la Secretaría de la Defensa Nacional, para el efecto de su inscripción en el Registro Federal de Armas.”
¿Cómo se clasifican las armas?
Armas permitidas para nuestra defensa:
Principalmente pistolas semiautomáticas y revólveres no superiores a los 9mm.
Armas prohibidas por la ley: De grueso calibre y de portación restringida.
Armas de uso exclusivo del ejército:
– Revólveres calibre .357
– Los superiores a.38
-Pistolas calibre 9 mm.
– Fusiles, mosquetones, carabinas y tercerolas
– Sub-ametralladoras, metralletas y ametralladoras en todos sus calibres.
– Escopetas
– Cañones, piezas de artillería, morteros y carros de combate con sus aditamentos, accesorios, proyectiles y municiones.
– Proyectiles-cohete, torpedos, granadas, bombas, minas, cargas de profundidad, lanzallamas y similares, así como los aparatos y máquinas para su lanzamiento.
Bayonetas, sables y lanzas.
– Navíos, submarinos, embarcaciones e hidroaviones para la guerra naval y su armamento.
-Aeronaves de guerra y su armamento.
– Artificios de guerra, gases y substancias químicas de aplicación exclusivamente militar, y los ingenios diversos para su uso por las fuerzas armadas.
Requisitos para comprar un arma en la Dirección de Comercialización de Armamento y Municiones de la Secretaría de la Defensa Nacional:
Obtener permiso extraordinario de arma de fuego.
• Fotocopia de cartilla del Servicio Militar liberada, o acta de nacimiento a personas mayores de 40 años (para personas del sexo masculino).
• Fotocopia del acta de nacimiento (para personas del sexo femenino).
• Original de no antecedentes penales.
• Comprobante de domicilio
• CURP
• Identificación con fotografía
Requisitos de portación de arma en México:
• Tener un modo honesto de vivir, con certificado de la primera autoridad administrativa del lugar
• El cumplimiento del Servicio Militar Nacional
• La capacidad física y mental para el manejo de armas comprobada con certificado médico.
• No haber sido condenado por delitos cometidos con el empleo de armas.
• No consumir drogas, enervantes o psicotrópicos.
• Tener la necesidad de portar el arma, comprobar que se pertenece a algún club de tiro.
Énfasis
Según El Universal en el 2017, el área comercial de Sedena vendió un promedio de 40 armas de fuego diarias, 14 mil 400 en todo el año.
Dos estudios de México Evalúa publicados en junio 2016 y septiembre 2017 indicaban que el número de hogares que adquirieron un arma de fuego aumentó un 60 por ciento en los últimos cinco años.