Entrega IEEG constancias a aspirantes a candidaturas independientes a diputaciones locales

Se otorgan 10 constancias a aspirantes a candidaturas independientes; 2 aspirantes no cumplieron con los requisitos establecidos

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) aprobó en sesión extraordinaria de este sábado los acuerdos recaídos a la comunicación efectuada por las ciudadanas y los ciudadanos, respecto a su intención de postular sus candidaturas independientes para la diputación local propietaria y suplente.

De conformidad con el calendario del Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021, los plazos para recibir las manifestaciones de intención de personas que pretendan aspirar a candidaturas independientes son los siguientes:

Tipo de elección Fecha de inicio Fecha de término
Ayuntamientos 22 de noviembre de 2020 28 de noviembre de 2020
Diputaciones de mayoría relativa 7 de diciembre de 2020 13 de diciembre de 2020

 

El artículo 297 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato (LIPEEG), dispone que las ciudadanas y ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente a un cargo de elección popular deberán hacerlo del conocimiento de este Instituto, en el formato que determine.

Dicha disposición legal, sirvió de base para establecer en la convocatoria los requisitos que deberán cumplirse para obtener la calidad de aspirantes a candidaturas independientes en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021, de la siguiente manera:

«Deberán llenar el formato para manifestar la intención de postularse como candidatas y candidatos independientes, al que deberán acompañar la siguiente documentación:

 

 

 

 

  1. Copia certificada ante notaria o notario público de la escritura pública en la que conste la creación de la asociación civil, bajo el modelo de estatutos aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, así como de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio

 

  1. Constancia de inscripción del alta de la asociación civil ante el Sistema de Administración Tributaria, o bien, copia de la cédula de identificación fiscal

 

 

  1. Copia del contrato de apertura de la cuenta bancaria a nombre de la asociación civil para recibir el financiamiento público y privado correspondiente

 

La manifestación para integrar un ayuntamiento deberá incluir a las ciudadanas y ciudadanos que deseen postularse como candidatas o candidatos a la presidencia municipal, así como a la sindicatura y las regidurías (propietarios y suplentes), en la cantidad que para cada ayuntamiento establece el artículo 25 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

Cuando se pretenda postular candidatura independiente para diputadas o diputados por el principio de mayoría relativa, la manifestación deberá incluir tanto al propietario como al suplente.

Deberán cumplirse las reglas de paridad de género establecidas en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato y en los lineamientos que emita este Consejo General.»

De las 12 solicitudes de registro recibidas en la Secretaría Ejecutiva del IEEG en el plazo del 7 al 13 de diciembre de 2020, a 10 se les otorgó la constancia de aspirantes a candidaturas independientes y 2 fueron denegadas debido a falta de documentación requerida.

 

Distrito Municipios que integran el Distrito Asociación Civil Propietaria / Propietario Suplente Constancia Observaciones
XVI Celaya CELAYA EN EMPATÍA A.C. Sara Laura Álvarez Díaz María José Vázquez Rangel Denegada No se cumplió con el requisito consistente en entregar copia certificada de la constancia que acredite la inscripción de la escritura pública en que consta la constitución de la asociación civil CELAYA EN EMPATÍA en el Registro Público de la Propiedad.

Tampoco se cumplió el requisito consistente en aportar los datos de la cuenta bancaria a nombre de la asociación civil para recibir el financiamiento público y privado correspondiente

IX San Miguel de Allende y Apaseo el Grande PRIMERA GOTA DE ROCÍO DE LA MAÑANA A.C. Raúl Eugenio Ramírez Riba Karla Joana Vázquez Franco Otorgada
XVI Celaya UNIDOS Y TODOS POR CELAYA A.C. Jorge Rivera Frías José de Jesús Figueroa Gracián Otorgada
XXI León VECINOS LIBRES DE LEÓN A.C Rosa Elba Pérez Hernández Luz Adriana Ornelas Vela Otorgada
XV Celaya y Tarimoro CELAYA TARIMORO UNIDOS A.C. José Antonio Acosta Arroyo Dante Alejandro Villagómez Arroyo Otorgada
XXI León CIUDADANÍA CON VOZ EN LEÓN A.C. Luis Gerardo Santos Burgoa Benavides Mario Sáenz Rodríguez Otorgada
VIII Guanajuato y Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional DESPERTEMOS GUANAJUATO A.C. Pedro Alvarado Zárate Víctor Manuel Hernández López Otorgada
IV León EL LEÓN QUE NOS ILUSIONA

 

Alma Rosa Cisneros Rodríguez

 

María Fernanda Sánchez

 

Otorgada
XI Irapuato FUERZA CIUDADANA IRAPUATO A.C. Joan Antonio Ochoa Sada Pedro Javier Vázquez Armenta Otorgada
VI León HAY UN LEÓN DISTINTO Y MEJOR, A.C.

 

Marcos Cecilio Vaquero Rull

 

Beatriz Daniela Marmolejo Ovando

 

Otorgada
IV León EL LEÓN QUE NOS ILUSIONA

 

Alma Rosa Cisneros Rodríguez

 

María Fernanda Sánchez

 

Otorgada
XXI León MI GEORGE 21 A. C. Jorge Ramón Balderas García Juan Antonio García Ramírez Denegada No se cumplió con el requisito consistente en entregar copia certificada de la constancia que acredite la inscripción de la escritura pública en que consta la constitución de la asociación civil MI GEORGE 21 en el Registro Público de la Propiedad.

Tampoco se cumplió el requisito consistente en aportar los datos de la cuenta bancaria a nombre de la asociación civil para recibir el financiamiento público y privado correspondiente

 

 

En otro punto de la orden día se aprobó el acuerdo mediante el cual se autoriza al Presidente del Consejo General la suscripción del anexo técnico número uno y el anexo financiero del anexo técnico número uno al convenio general de coordinación y colaboración con el Instituto Nacional Electoral (INE), cuyo objeto consiste en establecer las bases de coordinación para hacer efectiva la realización del Proceso Electoral Concurrente 2020-2021.

En el anexo técnico número uno al convenio general de coordinación y colaboración se contiene la precisión de los procedimientos, actividades, plazos, obligaciones, acciones y mecanismos de colaboración pactados en el convenio general de coordinación y colaboración, de conformidad con los apartados siguientes:

  1. Integración de los órganos desconcentrados de este Instituto
  2. Campañas de actualización del padrón y credencialización

 

 

 

  1. Listas nominales de electores
  2. Insumos registrales
  3. Capacitación y asistencia electoral
  4. Casillas únicas
  5. Documentación y materiales electorales
  6. Integración de las mesas directivas de casilla única
  7. Observadoras y observadores electorales
  8. Candidaturas independientes
  9. Candidaturas comunes, coaliciones y alianzas
  10. Registro de precandidaturas y candidaturas, así como de aspirantes a candidaturas independientes
  11. Representantes generales y de casilla
  12. Organización de debates
  13. De la paridad de género
  14. Jornada electoral
  15. Mecanismos de recolección
  16. Promoción de la participación ciudadana
  17. Resultados electorales
  18. Cómputos de las elecciones locales
  19. Sistemas informáticos
  20. Acceso a radio y televisión
  21. Monitoreo de espacios que difunden noticias
  22. Fiscalización de los recursos de los partidos políticos, aspirantes, precandidaturas, candidaturas y candidaturas independientes
  23. Medidas cautelares en materia de radio y televisión
  24. Visitantes extranjeros

 

 

 

 

  1. Programa de las sesiones de los consejos

 

El anexo financiero del anexo técnico número uno, tiene por objeto definir los conceptos de gastos y costos de los procedimientos, actividades, plazos y acciones para la celebración del Proceso Electoral Concurrente 2020-2021.

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