Da respuesta Comisión de Participación Ciudadana del IEEG a iniciativa popular solicitada por ciudadanos

La Comisión de Participación Ciudadana declaró improcedente la iniciativa popular

La Comisión de Participación Ciudadana del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) en sesión extraordinaria a distancia aprobó el proyecto de resolución recaída a la iniciativa popular solicitada por el ciudadano José de Jesús Ortiz Jordán y otros, para que se reforme la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Guanajuato.

La sesión de esta comisión fue encabezada por el Consejero Presidente del IEEG, Mauricio Enrique Guzmán Yáñez; participaron los Consejeros Electorales, Luis Miguel Rionda Ramírez y Antonio Ortiz Hernández; así como la Secretaria Ejecutiva, Bárbara Teresa Navarro García.

El 17 de septiembre la Comisión de Participación Ciudadana en sesión extraordinaria, radicó el escrito enviado por el secretario general del Congreso del Estado, y suscrito por el ciudadano, José de Jesús Ortiz Jordán, y otros firmantes, mediante el cual proponen reformas a la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Guanajuato.

Tras realizar el análisis, este miércoles la Comisión de Participación Ciudadana declaró improcedente la iniciativa popular debido a que no se reúnen los requisitos que se establecen en las fracciones I y II del artículo 26 de la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Guanajuato.

Dicho fracciones refieren que:

“I. Solicitarse por ciudadanos guanajuatenses que representen cuando menos el cero punto cinco por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores del Estado, o en su caso, del Municipio respectivo, contabilizándose para tal efecto el número de inscritos al penúltimo corte anterior, realizado por el Registro Federal de Electores a la fecha de la presentación de la solicitud.

En ningún caso el número de solicitantes podrá ser menor de cien ciudadanos.”

“II. El nombre legible y firma de cada uno de los solicitantes, su clave de elector y número de folio de la credencial para votar, debiéndose anexar copia de la misma”.

La solicitud analizada por la Comisión de Participación Ciudadana contiene 12 nombres con firma, no cuenta con la clave de elector, no adjunta la credencial para votar, lo que incumple los requisitos establecidos en la ley.

La resolución fue aprobada por unanimidad de votos de los Consejeros Electorales que integran la Comisión.

Deja un comentario con tu cuenta de Facebook

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Back to top button