Tribunal Electoral resuelve seis procedimientos especiales sancionadores

Guanajuato, Guanajuato.- En sesión pública virtual, el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), resolvió seis procedimientos especiales sancionadores.

En el expediente TEEG-PES-25/2023 el PAN denunció a diversas personas servidoras públicas del ayuntamiento de Romita, por la presunta difusión de propaganda político-electoral indebida en favor de Oswaldo Ponce Granados, entonces candidato del PRI a la presidencia municipal.

El Tribunal declaró inexistencia de las infracciones porque no se comprobaron los hechos o que las personas fueran las titulares de las cuentas de redes sociales ni mucho menos que hayan intervenido, autorizado u ordenado las publicaciones.

En el asunto TEEG-PES-34/2023 Morena denunció al entonces candidato del PAN a la presidencia municipal de San Miguel de Allende y a una ciudadana, por el presunto ofrecimiento de despensas que generó inducción al voto a favor de él.

El Tribunal declaró que no hubo violaciones a la ley electoral, porque si bien se demostró un programa social a cargo del ayuntamiento relativo a la entrega de despensas, es insuficiente para acreditar que se otorgaran a la denunciada y mucho menos que ella coaccionara o presionara a la ciudadanía a votar por el excandidato.

El TEEG-PES-40/2023 lo inició el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato en contra del PRD por la omisión de retirar propaganda electoral en el plazo establecido en la normativa local. El Tribunal impuso una amonestación pública al partido, porque se constató la presencia de dos bardas que contienen propaganda alusiva a éste y a sus entonces candidaturas a la presidencia municipal de San Luis de la Paz y Valle de Santiago fuera del plazo de siete días posteriores a la conclusión del proceso.

En el TEEG-PES-23/2023 el PRI denunció al PAN, a su entonces candidato a la presidencia municipal de Salvatierra, a una ciudadana señalada como administradora de la red social del candidato y al Instituto Tecnológico Superior de Salvatierra por presunta difusión de propaganda electoral en lugar prohibido, promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos.

El Tribunal determinó inexistentes las infracciones a la ley porque se demostró que al momento de la publicación el denunciado tenía licencia en su cargo como servidor público, por lo que no se le puede atribuir la promoción personalizada y uso indebido de

recursos públicos y respecto a la colocación de propaganda no se aportaron pruebas suficientes para comprobarla.

El expediente TEEG-PES-35/2023 el PRI denunció al PAN, a su entonces candidato a la presidencia municipal de Pénjamo y a una administradora de un perfil de Facebook simpatizante del partido; por la presunta publicación de imágenes y videos donde aparecen personas menores de edad sin que contaran con la autorización de quienes pueden otorgarla.

El Tribunal sancionó con amonestación pública al PAN y a ella por violación a los derechos de la niñez y determinó que no hubo por parte de él porque se demostró que las fotografías denunciadas en su perfil, si bien contenían propaganda político-electoral, no tenían identificables a niñas, niños o adolescentes debido a que sus rostros se encontraban difuminados, por lo que se le eximió de la sanción. Sin embargo, se comprobó un video donde aparece una menor de edad en el perfil de la simpatizante denunciada sin que se observaran los lineamientos de propaganda electoral que les involucra.

En el asunto TEEG-PES-38/2023 e PAN denunció a Morena, a su entonces candidato a la presidencia municipal de Valle de Santiago, y a personas administradoras del perfil de redes sociales por realizar expresiones y alusiones de carácter religioso en una publicación de Facebook durante su campaña, con invitación expresa al voto.

El Tribunal, por mayoría de votos, sancionó con multa al partido y al candidato y declaró cosa juzgada respecto a las administradoras porque se demostró la existencia de las conductas denunciadas. Respecto a la participación de las ellas se resolvió previamente en el expediente TEEG-PES-303/2021, por lo que no se puede volver a juzgar.

En el desarrollo de la sesión pública estuvieron las magistradas, Yari Zapata López, presidenta de este Tribunal y titular de la Segunda Ponencia; María Dolores López Loza, titular de la Primera Ponencia; el magistrado titular de la Tercera Ponencia, Alejandro Javier Martínez Mejía; así como el secretario general, Juan Antonio Macías Pérez.

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