Contralora de Huanímaro “ejerce” nepotismo

Las dos hermanas laboran en puestos clave en Huanímaro

Huanímaro, Guanajuato
La contralora municipal en Huanímaro Marta Paloma Martínez Soria, “violenta” la ley de responsabilidades administrativas para servidores públicos del Estado de Guanajuato y sus municipios al ser hermana de la Directora de Comunicación Social, María Marina Martínez Soria. La contralora es la que presuntamente debería denunciar estos hechos de aparente nepotismo en su calidad de fiscalizadora del municipio en la administración que representa el perredista, Gustavo Rodríguez Rangel.
María Marina en sus funciones como encargada de la difusión de las actividades, acciones de gobierno e información y cuidado de la imagen de la administración pública municipal tiene una relación directa de parentesco con la contralora municipal.
En el mismo orden, Marta Paloma Martínez Soria, que tiene entre sus enmiendas dar a conocer cualquier tipo de irregularidad, entre ellas casos de nepotismo que es una prohibición clara en la ley de responsabilidades administrativas y que al parecer en este caso se violenta dicha ley.

No respetan la ley.
LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE GUANAJUATO Y SUS MUNICIPIOS
RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS
Capítulo Primero De las Obligaciones y Prohibiciones en el Servicio Público
ARTÍCULO 11. Son obligaciones de los servidores públicos
VIII. Excusarse de intervenir en asuntos propios del cargo, empleo o comisión, cuando tenga interés personal, económico, de negocio o familiar por matrimonio, parentesco consanguíneo en línea recta o por afinidad hasta el segundo grado y colateral hasta el cuarto grado, o civil
ARTÍCULO 12. Se prohíbe a los servidores públicos
III. Nombrar, contratar, proponer o promover como servidores públicos al cónyuge, concubina o concubinario o con quienes tenga parentesco consanguíneo en línea recta sin limitación de grado, colateral hasta el cuarto grado, por afinidad hasta el segundo grado o civil y que por razón de su adscripción dependan jerárquicamente de la unidad administrativa de la que sea titular, salvo cuando se trate de un derecho previamente adquirido.
En un mismo empleo, cargo o comisión públicos, no podrán ejercer funciones en relación jerárquica directa, personas ligadas por matrimonio, concubinato o parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, o civil, respectivamente.

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15 Comentarios

  1. Con todo respeto, si fuese eso malo por que no publicaste las administraciones de antes ?
    solo porque ellos no te quieren dar dinero como otros municipios hablas asi de mal ?
    de pena ajena tu publicidad!
    te puedo platicar de muchos presidentes pasados que SI LE ROBARON AL MUNICIPIO!
    te puedo decir de la gente alzada y presumida que nunca apoyaba a proyectos nuevos! de señoras que se gastaban dinero en compras, antes si era facil robarle al pueblo ahora TENGO LA FORTUNA DE DECIRTE QUE SI DE GENTE HONESTA SE TRATA MIS PRIMAS SON UNAS DE ELLAS!! y han echo un buen trabajo AL NO DARLE DINERO A GENTE COMO USTEDES PARA CALLARLES LA BOCA!

  2. Todo Huanímaro sabe lo que sucede en la presidencia municipal, el presidente tiene varios hermanos trabajando ahí, comenZando por el director de desarrollo social, la tesorera que es su cuñada, la contralora que ni siquiera cumple con el perfil y que entró ahí de una forma muy “extraña”, gente de otros municipios como sí no hubiera capacidad aquí, esta sin duda es la peor administración de la historia en nuestro municipio, sin obra pública, sin atención a la gente.

  3. ESTA MAS QUE CLARO Y MAS DE ALGUNO LO SABEMOS:
    ESTE AYUNTAMIENTO ES DE LA FAMILIA RODRIGUEZ RANGEL UNA COSA ES QUE SE HAGAN DE L VISTA GORDA PUES HAY VARIAS PERSONAS FAMILIARES TAMBIEN DE LA ESPOSA DEL SEÑOR PRESIDENTE…
    NEPOTISMO MAS CLARO QUE EL AGUA.

  4. Eso desde cuando es asi ademas el mismo presidente tiene a un hermano y mas de su familia ahi investiguen bien y sale toda la verdad

  5. Creo que el informador deberia ser mas claro en su interpretacion de la ley.
    El hecho que la ley señale que esta prohibico contratar algun familiar, esto no quiere decir que en el caso de la contralora, ella la haya propuesto, la ley organica faculta solamente al H. Ayuntamiento y Presidente para nombrar a servidores publicos dentro de la administracion, en el caso de la contralora solamente tiene facultades para proponer personal , pero unicamente en su ares, de acuerdo a la ley organica y esta debera ser ratificad por el presidente.

    ojo antes de hacer publicaciones, sin sustento legal.

    1. Aunque dicha ley diga que ella no la propone, tampoco dice que esta bien, considero que aunque ella no la propone y debería de excusarse de cualquier situación, haciendo dicho señalamiento al cabildo y por lo que se ella tiene otros familiares en la presidencia, entonces donde queda el sustento legal si hay una laguna en el mismo

  6. Que mal ya nada mas falta q ponga a trabajar a su hermano y su papa no no q mal la hermana el novia la prima ha y para acabarla tiene a otra de sus primas ya son 4 de una mismas familia

    1. JAJAJAJA QUE IGNORANTES TUS COMENTARIOS “MARLENNE” APRENDE!!! ANTES DE JUZGAR!! ENSEÑATE A CONOCER A LAS PERSONAS, PORQUE SI YA LAS CONOCES ALGO EN CONTRA DE ELLAS HAZ DE TENER, JAJAJAJA NO PUEDES ATACAR CON ESO!

      .

  7. Creo que hay que hacer más investigación, ya que un gran número de empleados que laboran ahí, son familiares. Sin mencionar otras irregularidades.

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