No hubo actos anticipados de campaña por parte de la hoy alcaldesa de Abasolo

El Tribunal Electoral del Estado dio una resolución; el PAN acusó a la entonces candidata del PRI por supuestas promociones religiosos y uso indebido de recursos públicos

Abasolo, Guanajuato.- El Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato durante su sesión de pleno, dio resolución a un procedimiento especial sancionador TEEG-PES-69/2022, donde se demandó a la entonces candidata del Partido Revolucionario Institucional Rocío Cervantes Barba, por uso de imágenes religiosas, uso indebido de recursos públicos y propaganda personalizada.

Sobre esto, el Tribunal declaró que no hubo infracción a la ley, pues de las publicaciones denunciadas en la primera, la candidata no muestra ningún símbolo religioso o expresión de los que se haya valido para incidir en el electorado y coaccionar moral o espiritualmente el voto.

En tanto que, en la segunda, se publicó en un perfil que no es de ninguna de las partes denunciadas. Respecto al uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada durante una jornada de vacunación, no se demostró que se promocionara ella ni el partido que la postuló, tampoco que hiciera llamados expresos al voto, ni se acreditó su participación en calidad de servidora pública.

Ante esta resolución, la alcaldesa señaló, que ante este fallo se da la certeza que se encuentran comprometidos por Abasolo, porque se resolvió que no hubo actos anticipados de campaña, ni mal uso de recursos en las elecciones pasadas, y se ganó porque los ciudadanos dieron ese voto de confianza.

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