
Irapuato, Guanajuato
El 7de septiembre es la fecha límite para que diputados y presidentes municipales que busquen la elección consecutiva, es decir, permanecer en el cargo mediante un nuevo proceso electoral, comuniquen por escrito su intención al partido político que los postuló.
De acuerdo con la disposición electoral, quienes pretendan buscar la reelección deberán presentar el aviso correspondiente ante el partido político o, en su caso, ante cualquiera de los partidos que integraron la coalición que los postuló.
La normativa establece que este procedimiento forma parte de la preparación de los procesos internos de los partidos políticos y señala que la determinación sobre el método que utilizarán deberá ser comunicada al Consejo General entre el 1 y el 7 de septiembre del año previo a la elección.
En dicha comunicación deberán establecerse aspectos como la fecha de inicio del proceso interno, los métodos que serán utilizados, la fecha para expedir la convocatoria, los plazos de cada etapa, los órganos responsables de conducir y vigilar el procedimiento, así como la fecha en que se realizará la asamblea electoral interna o, en su caso, la jornada comicial interna.
La disposición, reformada mediante publicación en el Periódico Oficial el 29 de mayo de 2020, también establece una consecuencia para quienes no cumplan con el aviso.
La falta de comunicación por escrito al partido político será entendida como la decisión de no buscar la elección consecutiva.
De esta manera, el 7 de septiembre marca una fecha clave para los diputados, presidentes municipales, síndicos y regidores que actualmente ocupan un cargo y tienen la intención de participar nuevamente en la contienda electoral bajo la figura de elección consecutiva.
