Pénjamo, Guanajuato
El pleno del H. Ayuntamiento, en sesión extraordinaria de cabildo, bajo la presidencia del alcalde Jacobo Manríquez Romero, aprobó en lo general y en lo particular, la propuesta del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Pénjamo, Guanajuato.
El documento propuesta que fue aprobado en ésta sesión, fue debidamente dictaminado por la Comisión de Normatividad y Reglamentos, que preside la regidora Margarita Ibarra González y que presenta importantes cambios que buscan mejorar el funcionamiento administrativo de la autoridad municipal.
En la sesión, la regidora informó al pleno que tras realizar diversas reuniones de trabajo de la comisión, en la que se vertieron ideas y comentarios valiosos, que fueron plasmados en la nueva propuesta presentada, para conocimiento y aprobación oficial, que posteriormente será publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.
Se definió en documento que hoy se puso a consideración del pleno, que “la aportación de éste cabildo, es tener actualizada la mayoría de la normatividad municipal aplicable”, reconociéndose en voz de la regidora, el reconocimiento al Síndico y regidores, como personas preocupadas por plasmar en norma, lo que más beneficia a la sociedad penjamense.
Entre lo nuevo del reglamento orgánico municipal destaca la creación como tales de las direcciones de Tránsito Municipal y del Instituto de la Mujer, así como la desincorporación de la coordinación de fomento deportivo de la Dirección de Desarrollo Social y Humano, para darle más agilidad y desarrollo.
La regidora Margarita Ibarra González precisó que los trabajos realizados en comisión son trascendentes debido a que la normatividad referida, “no se había reflejado para establecer una apropiada organización y distribución de competencias en cada dirección, coordinación, administración o áreas que comprenden la administración municipal”.
La nueva propuesta, agregó, “busca que las competencias administrativas sean más eficientes, eficaces, privilegiando el principio de legalidad, a que se refiere el artículo 4° de la Ley Orgánica Municipal”.