Aprueba IEEG lineamientos para acreditar representaciones de grupos prioritarios

Consejo General responde a peticiones ciudadanas y avala criterios de autoadscripción; también crea partida para viáticos en el extranjero

Guanajuato.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), en sesión extraordinaria, aprobó la respuesta a las peticiones del ciudadano Saúl Emmanuel Ramírez Sánchez, concernientes a la acreditación de las representaciones partidistas ante la Comisión Temporal de Grupos de Atención Prioritaria.

El 18 de noviembre de 2025, el ciudadano en comento presentó en la Oficialía de Partes del Instituto un escrito por el cual realizó diversas peticiones, a las cuales se brindaron las respectivas respuestas:

Respecto a emitir disposiciones para que las representaciones partidistas que conforman la Comisión Temporal de Grupos de Atención Prioritaria las ostenten personas con discapacidad, de la diversidad sexual y de género, personas migrantes, indígenas y/o afrodescendientes con arraigo e identificación plena de pertenencia a estos grupos, se da respuesta en los siguientes términos:

Se consideró procedente que las representaciones de los partidos políticos acreditados ante la Comisión Temporal de Grupos de Atención Prioritaria estén integradas por personas pertenecientes a alguno de los grupos de atención prioritaria.

Respecto a que se establezcan mecanismos de autoadscripción calificada para las personas que cada instituto político desee acreditar como sus representantes ante la Comisión Temporal de Grupos de Atención Prioritaria, se presenta una tabla que identifica al grupo de atención prioritaria, así́ como el tipo de autoadscripción que será́ requerida para acreditar a la persona que cada instituto político designe como representante ante la Comisión:

Grupo de atención prioritaria

Autoadscripción

Documentación comprobatoria

Personas de la diversidad sexual

Autoadscripción simple

Carta de autoadscripción (simple)

Personas afromexicanas

Autoadscripción simple

Carta de autoadscripción (simple)

Personas migrantes

Autoadscripción calificada

Constancia que acredite su pertenencia a la comunidad migrante.

– Credencial para votar desde el extranjero.

– Inscripción de la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero.

– Membresía activa en organizaciones de migrantes.

– Cualquier otra documental que pudiera resultar idónea para acreditar el vínculo, sujeta a valoración.

Personas indígenas

Autoadscripción calificada

Carta de autoadscripción (calificada).

Documento que acredite la adscripción a una comunidad indígena.

Personas con discapacidad

Autoadscripción calificada

Carta de autoadscripción (calificada). Documento que acredite la existencia de la discapacidad permanente.

– Certificado médico.

– Credencial Nacional para Personas con Discapacidad.

En lo tocante a que se instauren mecanismos de participación ciudadana que operen bajo los principios rectores de la materia electoral y que abonen a la consolidación de la democracia participativa desde la contraloría social con el fin de salvaguardar la representación política auténtica de los grupos de atención prioritaria, se respondió lo siguiente:

Del marco normativo aplicable a los mecanismos de participación ciudadana, se desprende que el Instituto es el órgano encargado de organizar, desarrollar, computar y declarar los resultados de los mecanismos de participación ciudadana que presenten los facultados para ello; sin embargo, no figura dentro de las facultades previstas en el artículo 56 constitucional, iniciar leyes o decretos que permitan instaurar nuevos mecanismos de participación ciudadana, razón por la que no es factible atender la petición formulada.

Respecto a que se le otorgue debida respuesta mediante la emisión de un acuerdo congruente con la petición realizada, el Consejo General atendió la petición del ciudadano Saúl Emmanuel Ramírez Sánchez en observancia a lo previsto en el artículo 8 de la Constitución Federal, que consagra el derecho de petición de la ciudadanía y a la obligación que tiene esta autoridad, que con lleva a dar una respuesta, la cual se materializó a través de la emisión de un acuerdo.

Se aprueba creación de partida presupuestal

En otro punto del orden del día se aprobó la creación de la partida presupuestal 3760 «Viáticos en el extranjero» en el presupuesto de egresos del Instituto a 2025, para que la titular de la Unidad Técnica del Voto de los Guanajuatenses Residentes en el Extranjero y una persona de apoyo participen en el arranque de la 20ava. Caravana Migrante 2025.

La participación del Instituto en el arranque de la caravana es un espacio propicio y representa una oportunidad para que se promuevan los derechos políticO-electorales de las personas guanajuatenses migrantes; se difunda el trámite de la credencial para votar desde el extranjero y en México durante su periodo de visita y se informe sobre las diversas modalidades de voto en el extranjero: postal, electrónico por internet y presencial, así́ como la posibilidad de generar alianzas con la asociación civil que organiza la caravana.

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Periódico Notus
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