TEEG resolvió tres procedimientos especiales sancionadores

El Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), cincluyó tres procesos

Guanajuato, Guanajuato. En sesión pública el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), resolvió tres procedimientos especiales sancionadores.

El procedimiento TEEG-PES-20/2025 inició a petición del INE por irregularidades encontradas en los informes de campaña del proceso electoral 2023-2024 atribuidas a un líder sindical de Irapuato, a una candidata a presidenta municipal y a la coalición que la postuló, por haber presionado a las personas agremiadas al sindicato a votar por la candidata.

El Tribunal por unanimidad impuso una multa únicamente al secretario general del sindicato por coacción al voto y una amonestación pública a la coalición y la candidata por los beneficios obtenidos, porque se demostró que, durante un evento realizado para conmemorar el día del trabajo, el denunciado se dirigió ante las personas sindicalizadas para hacerles saber los logros obtenidos por la candidata y les solicitó su respaldo para ella, invitándoles a realizar “brigadas obreras” de promoción del voto a su favor.

El expediente TEEG-PES-33/2025 lo inició Morena y su entonces candidata a una presidencia municipal, en contra de diversas asociaciones religiosas por la colocación de lonas y distribución de volantes con propaganda electoral, así como en contra del PAN, por el probable beneficio que pudo obtener de ello.

El Tribunal por unanimidad determinó inexistencia de infracciones electorales porque si bien se comprobó la colocación de lonas en la parte exterior de varias iglesias, así como la entrega de volantes a la comunidad; el contenido de éstos no era de carácter electoral.

El procedimiento TEEG-PES-191/2024 lo inició el PAN, en contra de Morena y de diversas personas, por alteración del orden público, y vulneración al voto libre, mediante la entrada violenta e incitación a irrupción en unos centros de entrega de un programa social gubernamental; además denunció calumnia en varias publicaciones de redes sociales en las que decían que ese programa tenía fines electorales a favor del PAN y su candidata.

El Tribunal por unanimidad declaró inexistencia de infracciones electorales porque no se demostró el ingreso de las personas denunciadas, ni la incitación a alguien para irrumpir de forma violenta en los centros de distribución; tampoco se configuró la propaganda calumniosa, porque el contenido de los videos era una crítica al gobierno del Estado y no al PAN y no se hicieron acusaciones de la comisión de algún delito o hechos falsos.

En el desarrollo de la sesión pública estuvieron presentes Yari Zapata López, magistrada presidenta de este Tribunal y titular de la Segunda Ponencia; los magistrados, Juan Antonio Macías Pérez, titular de la Primera Ponencia y Pablo Roberto Sharpe Calzada, titular de la Tercera Ponencia; así como el secretario general, Alejandro Javier Martínez Mejía.

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Periódico Notus
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