Conoce los beneficios que tiene el IMSS con la Modalidad 40

La Modalidad 40 es un esquema de aseguramiento ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para personas que no mantienen relación laboral y que pretenden incorporarse al régimen obligatorio de seguridad social y cotizar como si fueran trabajadores asalariados para tener derecho a una pensión.

El contador Mario Alberto García Borrayo, jefe de Afiliación Cobranza, del IMSS en Guanajuato, señaló que esta modalidad representa beneficios como continuar cotizando para el Instituto con cobertura en las ramas de: Invalidez y Vida, Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez. Lo cual le permitirá al asegurado obtener el derecho a una pensión de acuerdo al régimen de pensiones que le corresponda”.

Expuso que tiene acceso a este esquema la persona que está dada de baja en el régimen obligatorio y que los requisitos para la contratación de la Modalidad 40 se encuentran contemplados en la Ley del Seguro Social, artículos 218 y 219 y son los siguientes:

· La fecha de la última baja, no debe de exceder cinco años contados a partir de la fecha de solicitud; es decir, el derecho a la inscripción expira una vez transcurrido el periodo señalado, sin que la o el asegurado haya manifestado su voluntad de dicha inscripción.

· En los cinco años previos a la fecha de última baja, haber cotizado al menos 52 semanas (1 año).

Para realizar el trámite en línea hay que hacer lo siguiente:

1. Ingresa al portal IMSS y busca el trámite de “Solicitud de inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio”.

2. Captura tu CURP y un correo electrónico válido.

Por otro lado, de forma presencial:

1. Presenta en ventanilla en la Subdelegación que te corresponda, de lunes a viernes en días hábiles en el IMSS de 8:00 a 15:30 horas, un escrito libre con tu solicitud de inscripción y firma autógrafa, así como documentos requeridos.

· Clave Única de Registro de Población (CURP).

· Número de Seguridad Social (NSS).

· Correo electrónico.

· Identificación oficial vigente. Original y copia.

· Escrito libre solicitando la inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, con firma autógrafa o huella digital. Original y copia.

· Comprobante de domicilio. Original y copia.

2. Realiza el pago correspondiente.

3. Una vez que se realice el pago en las entidades bancarias o en línea, por sistema se registra el pago.

Explicó que en cada caso el salario seleccionado para las aportaciones realizadas por la o el asegurado servirá como base para el cálculo de su pensión, en base al promedio del mismo, influyendo otros aspectos importantes, como son el número de semanas cotizadas.

García Borrayo resaltó que en el IMSS todos los trámites son gratuitos, de fácil acceso y el personal de las Subdelegaciones es el único autorizado para brindar la atención solicitada.

Por último, compartió que al momento de inscribirse en la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, la o el solicitante podrá optar por estar protegido en este aseguramiento a partir de la fecha de la solicitud o bien, al día siguiente de su fecha de baja, cubriendo las cuotas no enteradas al Instituto.

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