Estado

Plantea que se pueda expedir una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de la identidad de género

 

Guanajuato, Gto. – Con el objeto de establecer las reglas que permitan la expedición de una nueva acta de nacimiento cuando ésta se solicite para adecuar los datos relativos al nombre y género a la identidad auto percibida, la diputada María Magdalena Rosales Cruz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Morena, presentó una iniciativa de reforma Código Civil para el Estado de Guanajuato.

Al dar lectura a la exposición de motivos del documento, la congresista indicó que no estaba permitido tratar de manera diferenciada a otras personas o negarles sus derechos y garantías como consecuencia de una determinada identidad sexual o de género, al ser estas cualidades inherentes a la esfera individual y el libre desarrollo de la personalidad.

Rosales Cruz se refirió al tema de la transexualidad y dijo que las personas trans eran quienes experimentaban una falta de identificación con el sexo que les fue asignado al nacer, así como una discontinuidad entre las partes corporales, las identidades y los placeres sexuales que se asocian con ellas.

La legisladora indicó que en México la población transgénero representaba entre el 0.3% y el 0.5% de la población, o sea entre 360 mil y 600 mil personas; y que este sector seguía sufriendo discriminación y violencia, no solo social, sino también normativa e institucional.

En ese sentido, manifestó que su propuesta pretendía establecer las garantías que concreten uno de los derechos que se les ha negado en la entidad: contar con un procedimiento formal y materialmente administrativo para que se les expida una nueva acta de nacimiento acorde con su identidad de género.

Afirmó que la Suprema Corte de Justicia ha resuelto que el cambio de nombre y, en general, la adecuación del acta de nacimiento en los registros públicos y de los documentos de identidad para que sean conformes con la identidad de género auto percibida, constituye un derecho protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

La legislara apuntó que el procedimiento que se utiliza actualmente obliga a las personas transgénero a una rectificación judicial mientras que las personas cisgénero podían hacerlo mediante un procedimiento administrativo, lo que constituía una distinción injustificada.

Finalmente dijo que, con esta propuesta, los oficiales del registro civil podrán expedir una nueva acta de nacimiento bajo el procedimiento de la aclaración, cuando ésta deba adecuarse a la identidad auto percibida del solicitante.

Caja de Comentarios de Facebook

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Back to top button