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PGJE cede ante presión social: da a conocer resultados caso Nelly

Guanajuato, Gto.- La Procuraduría General de Justicia del Estado de Guanajuato, por conducto de la Subprocuraduría de Justicia Región D, informa los avances y resultados derivados de la investigación de los hechos denunciados inicialmente por la desaparición de quien en vida respondía al nombre de Nelly Yesenia Romero Salazar, en fecha 14 de octubre del presente año.

Como es conocido por Ustedes, después de haber recibido la denuncia por parte de la madre de la joven y de haberse desplegado una serie de acciones en forma interdisciplinaria e interinstitucional para la búsqueda, el cuerpo sin vida de Nelly Yesenia fue localizado el pasado viernes 18 de octubre por la noche, habiéndose recibido el reporte de dicho hallazgo en esta Procuraduría aproximadamente a las 20:00 horas de ese día, procediéndose en forma inmediata a trasladar un equipo multidisciplinario hasta el lugar de los hechos, ubicado en la comunidad de Puerto de Santa Rosa, en un sitio conocido como Las Antenas, donde efectivamente se tuvo a la vista el cuerpo sin vida de una persona del sexo femenino cuyas características físicas y vestimenta coincidían con las de la persona cuya desaparición había sido denunciada.

De conformidad con las labores de investigación multidisciplinaria a cargo del Agente del Ministerio Público de la ciudad de Guanajuato, se acopió una diversidad de datos de prueba dentro de la Carpeta de Investigación número 21564/2013, del índice de la Agencia del Ministerio Público número 2 de esta ciudad, mismos que consisten, esencialmente, en lo que a continuación me permito describir:

1. Se recabó un importante número de entrevistas de personas relacionadas con los hechos y con la hoy occisa, quienes aportaron información de diversa índole, que fue útil para el esclarecimiento de los hechos, entre quienes se encuentran los padres, el novio y el ex novio, así como amigos y demás personas que tuvieron relación directa con la occisa y que manifestaron diversos acontecimientos ocurridos en torno a ella y a los acontecimientos.

A) El novio de Nelly manifestó, en términos generales, haber estado con ella en el domicilio que ocupa en esta ciudad, durante la madrugada y primeras horas de la mañana del lunes 14 de Octubre pasado, que tuvieron una discusión derivada de su relación de noviazgo, por lo que Nelly se retiró de ese lugar por su propia voluntad, mientras el testigo se encontraba dormido. Señaló también que la joven se había hecho a sí misma, heridas superficiales en uno de sus brazos, con una aparente intención de privarse de la vida, para lo cual utilizó  un rastrillo y que él posteriormente le ayudó a limpiarse la sangre.

Una testigo cuya entrevista fue recabada debidamente, corroboró  lo mencionado por el novio de Nelly, en cuanto a que ella salió  por su propia voluntad de la habitación por la mañana, pues manifestó  que vive en el mismo domicilio y que estuvo presente en el momento en que Nelly salió de la habitación de su novio, entre las 10:30 y 11:00 horas del día lunes 14 de Octubre, señalando que la saludó al salir y que no vio ninguna circunstancia extraña o anormal en ella.

Es importante informar que el novio de Nelly, luego de rendir su entrevista ministerial y de haber sido cuestionado en diversas ocasiones, fue sometido a estudios y análisis diversos para saber si había indicios de falsedad o inconsistencias en la versión de los hechos que vertió en sus entrevistas, arrojando como resultado que su discurso era coherente y que no se localizaron indicios de falsedad en lo manifestado.

B) Rindió entrevista también el ex novio de la hoy occisa, en la que manifestó efectivamente haber tenido una relación de noviazgo con ella y aportó información diversa relativa a su conducta y personalidad, que fue útil para establecer su perfil psicológico y coincidente con el resto de datos probatorios que fueron recabados dentro de la carpeta de investigación.

C) Se recabó la entrevista de una amiga cercana de Nelly Yesenia, quien igualmente manifestó diversas circunstancias relacionadas con las relaciones sentimentales y problemática que mantenía con quienes se relacionaba, puesto que a ella le contaba cuestiones de esa naturaleza y le pedía consejo, además de expresar, entre otras cosas, que la notó triste en los días previos a su desaparición.

D) Los testigos que identificaron plenamente el cadáver, familiares cercanos de la hoy occisa, aportaron información personal que es congruente con el resto de datos que fueron aportados por diversos testigos dentro de la investigación, en materia de personalidad de la joven, señalando ambos que sufría de depresión y que hace algunos años ya había intentado quitarse la vida.

E) Se recabó entrevista a una adolescente que compareció ante el Ministerio Público de manera voluntaria, quien manifestó haber conocido recientemente a Nelly por medio de las redes sociales y haber estado en diversos momentos con ella, señalando que en las ocasiones en que platicaron, la hoy occisa le expresó su intención de privarse de la vida.

2. Con autorización previa, se realizaron inspecciones ministeriales y revisión especializada por peritos de la Procuraduría en la habitación que ocupa el novio de Nelly, donde se localizó el teléfono celular de la joven y algunos papeles y prendas de vestir con manchas de líquido al parecer hemático, así como el rastrillo a que hizo referencia el testigo, además de que se emplearon técnicas periciales para advertir si se había realizado limpieza de algún indicio biológico en el lugar, previo a la inspección, arrojando resultados negativos.

3. Se obtuvo informe pericial de perfil psicológico y análisis de personalidad de la hoy occisa, así como de la carta que escribió  previo a su desaparición y que fue entregada por el novio de la joven, estableciéndose, entre otras cosas, que en ella existía el deseo de escapar del sufrimiento que le generaba no sentirse una buena persona, por haber cometido errores, lo cual le generaba culpa; se observan cambios súbitos en su comportamiento, así como la necesidad de expresar su deseo de no querer seguir viviendo.

Se concluyó que, la carta escrita durante los momentos previos a su salida de la habitación donde se reunió con su novio el día lunes por la mañana, tiene contenido afectivo y psicológico de una carta póstuma.

4. El Perito Médico Legista llevó a cabo el Informe Pericial de Levantamiento del Cadáver en el lugar de los hechos, encontrando los siguientes indicios:

A) Se localizó en la bolsa trasera del pantalón que vestía la hoy occisa, un cúter o exacto manchado de lo que al parecer es líquido hemático, conjuntamente con una pequeña bolsa de pañuelos desechables.

B) Se observó que los nudos hechos con el agente constrictor del cuello, que es un cincho de plástico flexible, son nudos simples que cualquier persona puede hacer.

C) El objeto constrictor del cuello se encontraba amarrado al tronco de un árbol que se encuentra junto a un montículo rocoso, de tal manera que se establece la facilidad de escalar este montículo para colocar el cincho de plástico y realizar la suspensión.

D) Al realizar la inspección del lugar, se pudo observar y levantar evidencia de la existencia de diversos trozos de cincho de plástico de las mismas características del utilizado como objeto constrictor en diversos lugares próximos al lugar del hallazgo del cuerpo y en el camino que conduce al mismo.

5. Del Dictamen Pericial de Necropsia realizado al cuerpo de la hoy occisa, se desprenden las siguientes conclusiones:

A) Lesiones Antemortem:

  1. Surco equimótico excoriativo localizado alrededor del cuello e interrumpido en la región occipital.
  2. Herida por objeto cortante en pliegue de codo izquierdo.
  3. Herida por objeto cortante en cara anterior de antebrazo izquierdo, tercio distal.
  4. Excoriación en maléolo interno derecho (tobillo).

B) Lesiones Postmortem:

  1. Zona de apergaminamiento en cuello.
  2. Excoriación en maléolo externo derecho (tobillo).

C) No presenta ninguna otra lesión interna o externa en la superficie corporal, es decir, que no existe lesión alguna que arroje señales de defensa.

Del examen ginecoproctológico, se desprende que tampoco existe lesión alguna en región genital o anal y que se encontraba cursando periodo fisiológico de menstruación.

Además, se pudo constatar que no presenta fractura ni lesión en tráquea o en alguna otra parte del cuello.

H) CRONOTANATODIAGNOSTICO: Se determina que la pérdida de la vida ocurrió entre 17 y 20 horas antes del inicio de la necropsia, de tal manera que pudo haber acaecido entre las 03:00 y las 06:00 hrs del día del hallazgo, es decir, el viernes 18 de Octubre.

J) La CAUSA DE LA MUERTE fue Asfixia por ahorcamiento (también conocida como suspensión).

6. El Ministerio Público ordenó la realización de estudios periciales de laboratorio respecto de las muestras biológicas extraídas del cadáver durante la necropsia, mismos que arrojaron los siguientes resultados:

A) No se encontró fluido seminal ni células espermáticas.

B) No se encontraron componentes de drogas de abuso.

C) No se encontró alcohol etílico en muestra de sangre.

7. Se obtuvieron imágenes de video de cámaras de circuito cerrado que fueron localizadas en un establecimiento localizado en la comunidad de Santa Rosa, en donde se aprecia que la joven Nelly llega a dicho lugar en un autobús el mismo día lunes, minutos antes de las 11:00 horas y camina con  dirección al norte, hacia el interior de la comunidad, haciéndolo en todo momento ella sola durante el tiempo que es captada por tres distintas cámaras, cuyo contenido se encuentra glosado a la Carpeta de Investigación.

8. El seguimiento de las investigaciones por parte de la Policía Ministerial, permitió obtener los atestos de tres personas que rindieron entrevista dentro de la Carpeta de Investigación, quienes manifestaron haber visto a la joven Nelly entre los días lunes 14 y miércoles 16 de Octubre, sola y caminando en las inmediaciones de las comunidades Santa Rosa, Puerto de Santa Rosa y en el lugar conocido como Las Antenas e incluso haber conversado muy brevemente con ella, percatándose posteriormente que era la misma persona que aparecía en las fotografías de los documentos en los que se solicitaba información y apoyo para su búsqueda y que posteriormente supieron por los medios de comunicación que fue encontrada sin vida.

9. Es importante señalar que también fue incorporada a la Carpeta la evidencia relacionada con el perfil encontrado en la cuenta de Facebook de Nelly, en donde se puede apreciar que el mismo día lunes 14 de Octubre pasado, incluyó la imagen de un moño negro sobre un fondo totalmente blanco, que es normalmente utilizado en señal de luto.

Todos los datos de prueba que aquí se han descrito, así  como un cúmulo de actuaciones e indicios que obran igualmente dentro del expediente y que por razones de sigilo y reserva, no han sido detalladas en este momento, permiten establecer con sustento científico y con plena objetividad, que en los hechos que culminaron con el deceso de quien en vida respondió al nombre de Nelly Yesenia Romero Salazar, no intervino la conducta de alguna persona distinta a la hoy occisa.

Además, es de mencionarse que, aún antes del hallazgo del cuerpo de la hoy occisa, se brindó apoyo psicológico de contención a sus padres y hermana menor, por parte de la Coordinación de Atención a Víctimas del Delito de esta Procuraduría y se les brindó todo el apoyo, asesoría y explicaciones que requirieron por parte del personal de la Procuraduría.

Previamente a este comunicado, los padres y hermana de Nelly han sido enterados a detalle todas y cada una de las actuaciones y datos de prueba que conforman la carpeta de investigación, así como de los resultados de las investigaciones y estudios periciales especializados que se ordenaron por parte de la representación social, dándoles explicación amplia y precisa de todo cuanto han solicitado, como es nuestro deber hacerlo en todos los casos y, por lo tanto, han quedado enterados a satisfacción de todo lo realizado para el total esclarecimiento de los hechos.

La Procuraduría General de Justicia del Estado de Guanajuato lamenta profundamente el fallecimiento de Nelly Yesenia Romero Salazar, se solidariza con sus padres, familiares y personas allegadas a ellos y, con resultados como el que ahora se expone, mantiene el firme compromiso con la ciudadanía guanajuatense, de desarrollar científica y profesionalmente la función que constitucionalmente tenemos encomendada para el total esclarecimiento de los acontecimientos de nuestra competencia.

REDACCIÓN / NOTUS
Twitter: @PeriodicoNotus
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