Con multas que van de los 50 a los 5,000 salarios mínimos vigentes por no cumplir con el reparto de utilidades, la STPS convocó a las empresas y patrones a cumplir en tiempo y forma.
La Secretaría del Trabajo, junto con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, recordaron a los trabajadores que el reparto de utilidades es un derecho constitucional al cual tienen los mismos para recibir una parte de las ganancias que obtiene la empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado.
Esta prestación, incluida en la ley laboral, se deberá recibir a más tardar el 30 de mayo en el caso de trabajadores que laboran para una empresa, mientras que quienes trabajan para una persona física deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio próximo.
Quienes hayan laborado al menos 60 días en una empresa en forma continua o discontinua, durante 2013, independientemente de que sigan laborando ahí o hayan tenido contrato por obra determinada, deberán recibir esta prestación contemplada por la ley, precisó.
Mediante un comunicado, la dependencia detalló que el reparto de utilidades se calcula con base en los salarios percibidos y los días trabajados.
La prestación es aplicable a los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de 300,000 pesos o más, según su declaración fiscal 2013, y que tengan más de un año en funcionamiento.