INE Guanajuato medidas cautelares por difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido

El Consejo Local del Instituto Nacional Electoral (INE) en Guanajuato resolvió una solicitud de medidas cautelares presentada por el Partido Acción Nacional (PAN), por presunta difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido atribuible al Presidente del Comité Directivo Estatal del partido Morena en Guanajuato.

En sesión virtual, el órgano colegiado conoció la denuncia del PAN en contra del titular del Comité Directivo Estatal del partido político Morena en el estado de Guanajuato por la difusión de dos publicaciones en su cuenta de Facebook las que pudieran constituir propaganda a favor del titular de la Presidencia de la República, las cuales, a juicio del denunciante, resalta la imagen de la persona sujeta a revocación de mandato.

El Consejo Local del INE en Guanajuato determinó procedentes las medidas cautelares, ya que, en un análisis preliminar, los comunicados objeto de la denuncia se difunden el entre el 08 y 22 de febrero del año en curso, encuadran dentro de la categoría de propaganda gubernamental, al destacar cualidades personales y de forma de gobernar del titular del Ejecutivo Federal; logros, acciones y medidas adoptadas por su gobierno.

En este sentido, es necesario y justificado el dictado de medidas cautelares a fin de se cumpla la normativa constitucional, legal y reglamentaria precisada y se proteja la libre opinión y el sentido de la decisión de la ciudadanía, así como la imparcialidad de la información que reciben por parte de los órganos de gobierno, en el contexto del actual proceso de Revocación de Mandato cuya jornada será en próximo 10 de abril.

Por lo anterior, se determinó vincular al Presidente del Comité Directivo Estatal del partido político Morena en el estado de Guanajuato, a que de inmediato, en un plazo que no podrá exceder de tres horas, realice las acciones, trámites y gestiones necesarias para eliminar las publicaciones denunciadas, así como de cualquier otra plataforma electrónica bajo su dominio, control o administración.

De igual manera, se declaró improcedente el dictado de la tutela preventiva correspondiente a ordenarle al involucrado se abstenga de seguir realizando actos similares, pues se trata de hechos futuros de realización incierta.

Sin embargo el Consejo Local precisó que es necesario y pertinente hacer el siguiente pronunciamiento que tiene como destinatario al Presidente del Comité Directivo Estatal del partido político Morena en el estado de Guanajuato, “a fin de que, en todo tiempo, ajuste sus actos y conductas a los límites y parámetros constitucionales antes expuestos, recalcándole, por una parte, la prohibición de utilizar o aprovechar los canales o vías oficiales de comunicación para difundir propaganda gubernamental, debido a que ello escapa de los temas y aspectos que, por mandato constitucional, se permiten incluir en comunicaciones o mensajes oficiales durante el desarrollo del proceso de revocación de mandato y, por otra parte, la obligación a su cargo de conducirse con imparcialidad y neutralidad a fin de no influir en la opinión ciudadana”.

El proyecto de acuerdo fue aprobado por unanimidad de votos de las y los integrantes del Consejo Local.

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