
Guanajuato, Guanajuato.- Lo que hace 22 años se consideró un avance en materia de transparencia y rendición de cuentas, quedó borrado primero a nivel nacional y ahora en Guanajuato: el miércoles 8 de abril desapareció oficialmente el Instituto de Acceso a la Información Pública del Estado de Guanajuato (IACIP).
El Periódico Oficial del Gobierno del Estado publicó el decreto que crea la nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado.
El 5 de marzo, el Pleno del Congreso del Estado aprobó esta reforma que incluye, en 17 artículos transitorios, todas las disposiciones sobre la extinción del Iacip. El decreto abroga la ley anterior, vigente desde mayo de 2016.
Acorde con el derecho de petición y derecho a la información, cualquier persona ciudadana podía solicitar datos sobre el quehacer de las instancias federales, estatales y municipales. Para agilizar y garantizar ese derecho, así como para demandar a las dependencias información en caso de ser negada o no quedar la persona solicitante satisfecha por la respuesta, se creó en Guanajuato el Iacip.
El organismo entró en funciones el 1 de noviembre de 2003, luego de que se promulgó la primera Ley de Transparencia en Guanajuato el 29 de julio de 2003, como consecuencia de la correspondiente ley federal.
Su desaparición fue decretada por la reforma a la Constitución Federal, aprobada el 20 de diciembre de 2024, que desapareció el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI), aprobada por el Congreso de la Unión y que ordenó al resto de los estados del país a hacer lo mismo con todos los organismos de transparencia locales.
En Guanajuato, la reforma a la Constitución local se aprobó en agosto de 2025, incluyó también la desaparición del Iacip y fijó un plazo de 180 días para aprobar la nueva ley de transparencia, el cual se venció en febrero pasado.
La nueva ley que desparece al organismo y crea órganos garantes internos en cada Poder, lo que los convierte en “juez y parte”. Las funciones del IACIP se distribuirán entre cinco entes: los tres Poderes, los organismos autónomos y en el caso de los municipios serán las contralorías.
La competencia que tenía el IACIP en la resolución de impugnaciones será responsabilidad, ahora, de las controlarías u organismos internos de control en cada poder o ente público”.
Con esta medida desaparece la obligación de los sujetos obligados de estar sometidos a la vigilancia de un órgano autónomo plenario, pues con este nuevo esquema serán supervisados por la Secretaría de la Honestidad.
También se transfirieron las funciones de ente rector de las políticas públicas de apertura que tenía el IACIP a la Secretaría de la Honestidad, explica la exposición de motivos de la ley.
En los artículos transitorios de la nueva ley se establece que el personal del IACIP “podrá pasar a formar parte de la Secretaría de la Honestidad”, pero no será una obligación.
Deberá transferir a la Secretaría de Finanzas su plantilla de plazas en un plazo de 20 días hábiles siguientes a la entrada en vigor de este decreto, es decir, a partir de este viernes y hasta el 10 de abril, porque la última semana de marzo y primera de abril fue Semana Santa.
Los recursos materiales y el presupuesto serán transferidos a la Secretaría de Finanzas dentro del mismo plazo.
Los sistemas informáticos, padrones, registros, aunque ya no se usen, deberán ser entregados a la Secretaría de la Honestidad en un plazo de 15 días hábiles, es decir, hasta el 27 de marzo. Los expedientes y archivos igual, pero en un plazo de 20 días hábiles.
Los procedimientos iniciados antes de este decreto, los concluirá la Secretaría de la Honestidad.