El amparo otorgado al líder del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM), Carlos Romero Deschamps, no surtirá efectos si los delitos que se le imputan merecen prisión preventiva oficiosa, aclaró el Consejo de la Judicatura Federal (CJF).
Además el recurso dejará de surtir efectos si el dirigente petrolero no comparece ante el juez que hubiese librado la orden de aprehensión dentro de tres días, detalló mediante un comunicado.
El CJF explicó que la suspensión definitiva se otorgó porque varios de los jueces que Romero Deschamps señaló como responsables no rindieron el informe previo que el Juez de Distrito solicitó, dentro del plazo perentorio que la Ley de Amparo establece.
Ante la falta de dichos informes, y con base en la legislación, el juzgador debe presumir ciertos los actos reclamados a las autoridades omisas y pronunciarse sobre la suspensión solicitada, “que es lo que hizo el juez de amparo”, añadió.