TEEG turna queja de diputada al Congreso y exonera a candidata por videos de campaña

El Tribunal concluyó que no hubo uso indebido de recursos ni promoción personalizada en publicaciones de Facebook

Guanajuato, Gto.- En sesión pública, el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG) resolvió un juicio electoral y un procedimiento especial sancionador relacionados con presuntas irregularidades.

En el juicio TEEG-JE-01/2026, promovido por una diputada local contra un acuerdo del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), el Tribunal determinó modificar la resolución impugnada.

La legisladora impugnó el desechamiento de su queja, luego de que el Instituto considerara que no era la autoridad competente para atender el asunto y diera vista a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, así como al Órgano Interno de Control del Congreso del Estado.

Por unanimidad, el TEEG dejó sin efectos dichas vistas y confirmó que el IEEG no tiene facultades para resolver el tema, al tratarse de un asunto interno del Congreso. No obstante, precisó que la autoridad competente es la Mesa Directiva, por lo que ordenó remitirle el expediente.

En cuanto al procedimiento especial sancionador TEEG-PES-03/2026, iniciado contra una candidata que buscaba la reelección a una alcaldía y diversas personas servidoras públicas, el Tribunal también resolvió por unanimidad que no se acreditaron faltas electorales.

La denuncia se originó por la difusión de videos en Facebook donde se mostraban mítines políticos. La parte quejosa alegó promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y programas sociales, así como propaganda gubernamental en periodo prohibido.

Sin embargo, el Pleno concluyó que no se demostró la entrega de programas sociales ni el uso de recursos públicos en los eventos señalados. Tampoco se acreditó promoción personalizada, ya que al momento de los hechos la denunciada contaba con licencia al cargo de presidenta municipal.

Respecto a la presunta propaganda gubernamental, el Tribunal determinó que se trataba de propaganda electoral válida, al considerar que una candidatura puede referir acciones impulsadas durante su gestión o vinculadas con sus funciones.

La sesión fue encabezada por la magistrada presidenta Yari Zapata López, junto con los magistrados Juan Antonio Macías Pérez y Pablo Roberto Sharpe Calzada, así como el secretario general Alejandro Javier Martínez Mejía.

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Periódico Notus
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