Estado

TEEG resuelve problemas en ayuntamientos de Dolores, León e IEEG

El Tribunal declaró inexistentes las infracciones que pedían los demandantes en cada caso

Guanajuato, Guanajuato. En sesión pública, el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), resolvió dos procedimientos especiales sancionadores y un juicio electoral.

El expediente TEEG-PES-73/2023 lo inició una regidora del municipio de León en contra de diversas personas servidoras públicas del mismo ayuntamiento, por la presunta comisión de violencia política contra las mujeres en razón de género en su perjuicio.

El Tribunal declaró inexistencia de la infracción a la ley electoral porque se comprobó que contrario a lo que ella alegó, sí le respondieron cada una de sus solicitudes formuladas para integrarse al Consejo Directivo del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León. La contestación tenía razones y fundamentos por los que se declaraba improcedente su petición, habiendo incluso ejercido su derecho de manifestarse en contra de la respuesta; de ahí que no se actualizó la obstrucción en el ejercicio del cargo.

Mientras que en el asunto TEEG-JE-03/2024 un ciudadano promovió un juicio electoral en contra del acuerdo emitido por el IEEG en el que se le negaron las medidas cautelares solicitadas dentro del procedimiento especial sancionador 35/2024-PES-CG.

El Tribunal confirmó la decisión del Instituto porque el acuerdo controvertido está debidamente fundado y motivado por la autoridad, además el denunciante no indicó de manera específica las razones por las que consideraba que el IEEG actuó de manera equivocada o deficiente y se limitó a realizar señalamientos genéricos de presuntas violaciones.

Finalmente, en el expediente TEEG-PES-11/2024, Morena presentó una denuncia en contra del presidente municipal de Dolores Hidalgo, del director de comunicación social y de los partidos PAN, PRI y PRD por la distribución de un folleto que consideró tenía promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos.

El Tribunal declaró inexistentes las infracciones, porque si bien se comprobó la existencia del folleto, contenía información de las acciones y obras de la administración municipal 2021-2024, no exaltaba cualidades personales del presidente municipal ni de algún partido político, además no hace referencia a algún proceso electoral, por lo que no se configura la promoción personalizada; respecto al uso indebido de recursos públicos, se comprobó que los usados fueron conforme a lo que permite la ley.

En el desarrollo de la sesión pública estuvieron las magistradas, María Dolores López Loza, presidenta de este Tribunal y titular de la Primera Ponencia; Yari Zapata López, titular de la Segunda Ponencia; el magistrado titular de la Tercera Ponencia, Alejandro Javier Martínez Mejía; así como el secretario general, Juan Antonio Macías Pérez.

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