Guanajuato.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) aprobó la designación de las personas secretarias de las Juntas Ejecutivas Regionales como secretarias y secretarios de consejos distritales y municipales electorales durante el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.
En sesión extraordinaria este miércoles, las y los integrantes del Consejo General designó a las siguientes personas como secretarias y secretarios de los consejos distritales electorales:
Anabel Luna Aguilar, para estar al frente de la Junta Ejecutiva Regional de Adscripción correspondiente al Consejo Distrital número 1, con sede en Dolores Hidalgo, Cuna de Ia Independencia Nacional.
Ismael Tadeo González, de la Junta 2 con sede en San Luis de la Paz; Noé Neftalí Castro Gallardo, Junta 9 con sede en San Miguel de Allende; Miriam Alanís Barrios, Junta 10 con sede en San Francisco del Rincón; Víctor Hugo Guerrero López, Junta 13, en Cortazar; Laura Lizbeth Villalobos Martínez, Junta 17 en Apaseo el Grande; Juana Ibett Guevara Ramírez, Junta 18, con sede en Pénjamo; Remmy Renovato Rivera, Junta 19 con sede en Valle de Santiago; Miguel Ángel Espinosa Balcázar, Junta 20, con sede en Yuriria; y Jorge Luis Hernández Altamirano, Junta 22 con sede en Acámbaro.
También designaron como secretarias y secretarios de los consejos municipales electorales a las siguientes personas:
Mirta López Zárate, para la Junta Ejecutiva Regional del Consejo Municipal de Celaya; Daniel Antonio Ríos Gutiérrez para Guanajuato, Antonio Pérez Cardoso para Irapuato, Federico Herrera Pérez para León y Yuliana Navade López León para Salamanca.
Los artículos 110 y 124 de la ley electoral local, establecen que los consejos distritales y municipales electorales se integrarán por una presidencia, una secretaría, dos consejerías propietarias, una consejería supernumeraria, así como representantes de partidos políticos y de candidaturas independientes.
Durante los procesos electorales, las Juntas Ejecutivas Regionales deberán integrarse como presidencia y secretaría, respectivamente, del consejo electoral de la demarcación territorial correspondiente que determine el Consejo General. Atendiendo a las necesidades institucionales.