Guanajuato, Guanajuato. En sesión pública virtual, el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG) resolvió un recurso de revocación y tres procedimientos especiales sancionadores.
En el expediente TEEG-REV-06/2023 iniciado por un entonces candidato independiente a diputado local por el distrito IX de Guanajuato en contra de un acuerdo, un oficio y una notificación emitidos por el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato; mediante los cuales se le requirió la devolución del remanente de gastos de campaña determinado por el INE.
El Tribunal confirmó la decisión del Instituto, porque el argumento del inconforme ꟷbasado en que la determinación no podía ejecutarse ya que él lo impugnó ante la Sala Regional Monterrey y estaba en espera de su resoluciónꟷ es inválido debido a que ese recurso ya se había desechado por promoverse fuera del plazo legal, por tanto no existía ninguna sentencia pendiente; respecto a la manifestación de que no era claro a quién estaban dirigidos los actos del acuerdo, oficio y notificación, fue infundado pues era evidente que se orientaban a su persona como titular del derecho y beneficiario del financiamiento para su excandidatura independiente.
El asunto TEEG-PES-32/2023 lo inició también el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato en cumplimiento a la resolución del INE que advirtió irregularidades consistentes en la omisión del PAN de retirar propaganda electoral en diversos muros ubicados en los municipios de Ocampo, Silao, León y Pueblo Nuevo, dentro del plazo establecido para hacerlo.
En cumplimiento a la sentencia emitida por la Sala Regional Monterrey, el Tribunal sancionó con amonestación pública al partido por 6 de las 57 bardas denunciadas pues 24 de ellas se analizaron en el expediente TEEG-PES-18/2023, dos fueron de competencia federal y 31 no contenían anuncios, ya no existían o eran de otros partidos políticos.
Mientras que en el TEEG-PES-36/2023 el IEEG inició el procedimiento en cumplimiento a la resolución del INE que advirtió irregularidades consistentes en uso indebido de recursos públicos con la entrega de despensas por la administración municipal de Pénjamo durante un evento realizado el 10 de mayo de 2021 para festejar el Día de las Madres; así como la supuesta contratación del “Periódico Correo” para publicarlo en su página de internet por el entonces candidato del PAN a la alcaldía de ese lugar.
El Tribunal, declaró cosa juzgada respecto al uso indebido de recursos públicos porque ya fue resuelto en el expediente TEEG-PES-50/2022; en cuanto a la contratación del periódico, si bien se comprobó la existencia de la publicación no se acreditó que el denunciado o su partido lo contrataran; y en lo concerniente al periódico no se configuró ninguna violación a la ley con su difusión.
Finalmente, en el TEEG-PES-42/2023 una síndica del ayuntamiento de San Luis de la Paz denunció al presidente del Comité Directivo Municipal del PAN en esa localidad y al “Periódico Noreste de Guanajuato” por dos notas impresas publicadas y reproducidas en su página de internet y redes sociales, las cuales a su parecer consistían en violencia política en contra de las mujeres en razón de género en su perjuicio.
El Tribunal declaró que no se configuró la falta porque si bien se comprobó la existencia de ambas publicaciones relativas a la supuesta intromisión de la funcionaria en cierto nombramiento dentro de la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de San Luis de la Paz, éstas no tuvieron como objetivo ni resultado menoscabar o anular sus derechos político-electorales, tampoco llevaban carga de género y por tanto no perpetuaban algún estereotipo.
En el desarrollo de la sesión pública estuvieron las magistradas, Yari Zapata López, presidenta de este Tribunal y titular de la Segunda Ponencia; María Dolores López Loza, titular de la Primera Ponencia; el magistrado titular de la Tercera Ponencia, Alejandro Javier Martínez Mejía; así como el secretario general, Juan Antonio Macías Pérez.