Sentencia condenatoria por homicidio para José Tonatiuh

CONDENADODolores Hidalgo, Guanajuato

La Procuraduría General de Justicia del Estado de Guanajuato informa sobre la Sentencia Condenatoria dictada en Audiencia de Juicio Oral, en contra de quien enfrentó un Proceso Penal acusado del delito de Homicidio, cometido en riña, y Robo Calificado; el Tribunal, durante el desarrollo de la audiencia de debate resolvió dictar condena ante la acusación formulada por el Fiscal de la Causa imponiendo una sentencia condenatoria consistente en 11 años, 4 meses y 22 días de prisión.

El inculpado de 25 años de edad, fue señalado ante el Juzgado Único de Oralidad Penal con base en Dolores Hidalgo C.I.N., como el autor directo del homicidio de JUAN JOSÉ GUTIÉRREZ DE ANDA, ocurrido la noche del día 27 de Octubre de 2012, cuando el hoy sentenciado entabló comunicación con la víctima, con quien mantenía una amistad desde hacía algún tiempo, quedando de verse en el domicilio del hoy sentenciado, ubicado en la comunidad de Tequisquiapan, perteneciente a este municipio; una vez estando en el interior del inmueble, comenzaron a ingerir bebidas alcohólicas y posteriormente, encontrándose bajo el influjo del alcohol, se enfrascaron en una acalorada discusión, que subió de intensidad y culminó con una contienda de obra, es decir, que intercambiaron algunos golpes entre sí, pero en determinado momento el inculpado tomó un hilo de rafia y se lo colocó alrededor del cuello al hoy occiso, tirando de él hacia arriba hasta lograr estrangularlo y, como consecuencia de la obstrucción de las vías respiratorias, privarlo de la vida. Inmediatamente después de ello, el inculpado tomó el vehículo de su víctima llevándoselo consigo para finalmente disponer de él, entregándolo a otras personas a cambio de una cantidad de dinero.  

La Unidad Especializada en Investigación de Homicidios de la REGIÓN “D”, fue la encargada de llevar a cabo la indagatoria en torno al crimen, logrando el esclarecimiento pleno de los hechos, logrando, además de la condena anteriormente citada, que se garantizara el pago correspondiente a la reparación del daño en favor de los deudos de la víctima y que se resolviera negarle todos los beneficios procesales.

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