IMSS informa acerca de los tipos de pensiones que otorga

La pensión es una prestación económica a la que se tiene derecho ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), siempre y cuando se cumplan los requisitos de Ley; se puede otorgar por accidente de trabajo, dictamen de invalidez, pensión por edad o derivada del fallecimiento de un asegurado.

“La Ley marca que se deben tener semanas cotizadas, es decir, tiempo de cotización ante el Seguro Social; para las pensiones de edad se pide un mínimo de 500 semanas que representan 10 años, para la de riesgo de trabajo no hay número determinado de semanas, siempre y cuando el trabajador esté asegurado, para la de invalidez 150 semanas o 250 dependiendo de la evaluación del área de Salud en el Trabajo y que se encuentre dentro de la conservación de derechos”, dijo Sergio Antonio Escobedo Macías, jefe de Pensiones de la Delegación Guanajuato del IMSS.

Dependiendo del tipo de pensión se solicitan diversos requisitos, por ejemplo en los que no se piden semanas cotizadas, como en la de riesgo de trabajo, hay que estar vigente, identificación oficial con fotografía, documento con el número de afiliación del IMSS, comprobante de domicilio, CURP, estado de cuenta de Afore, constancia de inscripción al SAT y documento con número de cuenta bancaria.

En otros trámites como la asignación de familiares, además de los requisitos mencionados, se solicitan las actas de nacimiento.

Resaltó Escobedo Macías que para realizar el cálculo del monto de una pensión es en base al salario con el que cotizó el trabajador y en el caso de accidente de trabajo en base a la cotización al momento del accidente y de acuerdo a la evaluación realizada por el área médica.

En el caso de pensión por invalidez se promedian las últimas 500 semanas de cotización y se otorga al 100 por ciento de lo que le corresponda.

Por otro lado, en relación a las pensiones por edad dijo que se incrementan al registrar asignaciones familiares, es decir, esposa o esposo, hijos o padres.

Por lo expuesto es muy importante que las y los trabajadores estén al tanto de estar cotizando con salario real, así como verificar que todos sus datos estén correctos, a fin de

que al momento de tramitar una pensión el Instituto le otorgue el monto que le corresponde por Ley.

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